Conducir sin permiso: ¿delito o sanción?
Circular sin permiso de conducir, no es solo un delito si no también una sanción administrativa. Así lo ha dejado constar recientemente un auto del Tribunal Constitucional al diferenciar ambos supuestos. El departamento de Responsabilidad Civil de Euriux Abogados defiende tus intereses y se encarga de actúar con total independencia de las aseguradoras en cada caso. Cada año se producen multitud de accidentes de tráfico, negligencias profesionales o accidentes laborales que obligan a una rápida intervención jurídica porque muchos de los casos que se plantean acaban ante los juzgados.
En el caso que nos ocupa, el Juzgado Penal Número 1 de Toledo planteó una cuestión de inconstitucionalidad por vulnerar el principio de legalidad penal, o su interpretación integradora, al presuponer que es un riesgo que quien conduce un vehículo a motor no ha acreditado ser apto para hacerlo. En este caso, conducir un ciclomotor sin haber obtenido nunca un permiso de conducción.
El Juzgado manifestaba que coexisten conductas en el ámbito de la circulación vial sancionadas tanto por la legislación administrativa como por la legislación penal, sin que se haya establecido una clara separación. Algo que puede llevar a que se hagan diversas interpretaciones que ponen en cuestión la seguridad jurídica de los conductores.
El Alto Tribunal considera que ambas conductas no son idénticas. Mientras el delito castiga a quien conduce un vehículo o ciclomotor sin tener el carnet de conducir, la infracción administrativa sanciona el hecho de carecer de una autorización para conducir un vehículo o ciclomotor aun pudiendo conducir otro medio distinto. De este modo el código penal “exige que el sujeto activo de la conducta no haya obtenido en ningún momento licencia para conducir cualquier tipo de vehículo a motor o ciclomotor”. Y es la ley de seguridad vial la que castiga el que el permiso de conducir no sea el adecuado para el tipo de vehículo que está circulando.