El TS condena a un padre por dejar conducir a su hijo de 8 años
El Tribunal Supremo confirma la condena de la Audiencia Provincial de Asturias sobre un padre que dejó conducir un coche alquilado a su hijo de ocho años en solitarios por plena Avenida de Albert Einstein en Gijón.
Quizás los hecho nunca hubieran llegado a conocimientos de las autoridades si el padre no hubiera estado grabando fuera del vehículo como conducía su hijo.
El juzgado de Gijón condenó al padre a una multa de 2.170 euros o 180 días de arresto en caso de no abonar la cuantía. La sentencia responsabiliza directamente al padre por haber permitido que el menor condujera el vehículo a sabiendas de que no podía hacerlo. Además, de conocer el peligro que existía tanto para otros conductores o peatones.
El debate jurídico se había establecido entre los que depositaban la responsabilidad sobre el menor, que era el que conducía, y los que culpaban al padre. Finalmente el Supremo se ha decantado por lo segundo.
“La responsabilidad penal del padre es absoluta, en tanto en cuanto no se trata tan solo de que haya descuidado la vigilancia del menor para que éste no utilice el vehículo, sino que le ha ayudado a ello”, dice la sentencia.
Además, el tribunal relata como se suceden los hechos “el menor se pone al frente del volante, y es él quien le graba (refiriéndose al padre), demostrando una conducta absolutamente colaboradora en la comisión del ilícito penal”.