
La nueva Ley Concursal y sus novedades
La reforma de la Ley concursal, convalidada en las Cortes Generales, ha entrado en vigor en busca de agilizar e incentivar el procedimiento concursal y ofrecer alternativas a la liquidación de empresas, así como una mayor utilización de los instrumentos de segunda oportunidad y armonizar requisitos con el resto de la Unión Europea, al trasponer una directiva comunitaria. La simplificación del proceso para las empresas de menor tamaño y un sistema de alerta temprana son otras de las claves de la reforma. Estos son los principales aspecto de esta nueva ley:
La norma incide en tres aspectos básicos: la reestructuración temprana de empresas viables, la posibilidad de exoneración de deudas para los deudores de buena fe -que se ha ampliado también a los consumidores- y la necesidad de elevar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración de insolvencia.
Se establece un sistema de alerta temprana, para el que se han fijado unos indicadores que avisan a las empresas antes de tener problemas financieros para que puedan acudir a preconcursos preventivos.
El procedimiento especial para pymes ha restringido su umbral a empresas que no alcancen una facturación de 700.000 euros, un pasivo de 350.000 euros o cuenten con menos de diez empleados. Asimismo, se recupera la postulación de procurador y abogado ante las dudas que suscitaba respecto al derecho de defensa y tutela judicial efectiva, y se ha aplazado la entrada en vigor de este mecanismo.
En el caso de las microempresas, éstas disponen de un procedimiento específicamente adaptado a sus necesidades y características, garantizando la asistencia letrada. Este nuevo procedimiento entrará en vigor el 1 de enero de 2023, al igual que la disposición referida a los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias por la Agencia Tributaria. Se prioriza así un modelo de concurso rápido, en el cual figuras internas que típicamente eran esenciales a la hora de gestionar un concurso, quedarían en un segundo plano; en concreto, la figura del administrador pierde su papel fundamental dentro del proceso de insolvencia.
Mejora en el procedimiento de segunda oportunidad. Las exoneraciones previstas en el proyecto de hasta 1.000 euros frente a Hacienda y otros 1.000 euros con la Seguridad Social se elevan hasta 10.000 euros para las personas físicas. Este nivel de exoneración permitirá una exoneración en plenitud a más del 90% de deudores. La exoneración del pasivo insatisfecho, lo que se conocía como segunda oportunidad, se ha establecido en 20.000 euros, con lo que se pretende que autónomos o personas físicas no tengan que liquidar o vender bienes cuando pasan por dificultades.
También se ha puesto fin a la vinculación del crédito público a los planes de reestructuración, de continuación o de apertura de negocio, limitándose la ejecución sobre bienes y derechos necesarios para la continuidad de la actividad profesional y empresarial por deudas con Hacienda y Seguridad Social. En este sentido, la aprobación y homologación de los planes de continuación no requerirán de aprobación siempre que las quitas con la Administración no superen el 15%
Read More
¿Cuándo podré abrir mi restaurante por la crisis del Covid-19?
El plan de desescalada diseñado por el Gobierno ante la crisis del coronavirus entra en su cuenta atrás. Pese a que todavía, no hay fechas concretas para la reapertura de los sectores económicos ni para el levantamiento de las restricciones a la movilidad, el Gobierno ya establecido 4 fases con el pistoletazo de salida a partir del 4 de mayo.
Euriux Abogados como la primera red nacional de asesoria jurídica en España con más de 25 años de antigüedad y con más de 52 sedes en España y Portugal, te explica cómo será la desescalda por la crisis sanitaria del covid-19.
FASE 0
El Gobierno ha definido cuatro fases con una duración mínima de dos semanas cada una. Así, tardaremos un mes y medio si todo transcurre como hasta ahora, y un máximo de ocho semanas para todo el territorio para que a finales de junio se pueda acabar .
- La Fase 0, la de preparación se inicia el 4 de mayo, salvo las pequeñas islas de Canarias y Baleares, que comenzarán antes.
- Se permitirá el deporte al aire libre a partir del 2 de mayo
- Comida a domicilio
- Intensificar de todos los locales públicos para la apertura 1.
- Apertura de deportistas profesionales y ligas profesionales.
Durante la fase inicial, no habrá movilidad entre provincias o islas.
FASE 1
Desde el 11 de mayo, se permitirá una pequeña reapertura:
- Se irán abriendo los pequeños comercios, no los grandes almacenes “donde es más probable la aglomeración”.
- Apertura de terrazas al 30 por ciento, hoteles y alojamientos turísticas excluyendo zonas comunes.
- El sector agrario y pesquero se recuperará.
- Los lugares de culto, con un tercio de su aforo.
- En el deporte se podrán abrir los centros de alto rendimiento y los entrenamientos de los equipos de competición.
FASE 2
- Se reabre el curso escolar en septiembre, con excepciones. Las actividades de refuerzo y los menores de seis años deberán poder estar garantizada su salida si los padres trabajan. Se reabrirán los cines y auditorios, con butaca preasignada.
- Habrá visitas a museos y actos culturales en locales cerrados con menos de 50 personas.
- Al aire libre, serán para 400 personas con aforo limitado.
- Los lugares de culto aceptarán hasta el 50%.
- Reanudación de caza y pesca deportiva.
- Abrirán cines y teatros con un tercio de aforo, así como salas de exposición.
FASE 3
- Fase avanzada, para finales del mes de junio
- En el ámbito comercial habrá un máximo del 50% de los aforos con distancias de 2 metros.
- En el ámbito cultural se irá abriendo la mano.
- Será en esta fase cuando se puedan reabrir, por ejemplo, las playas.

¿Cómo se beneficia la empresa con una Compliance?
El Corporate Compliance es un conjunto de procedimientos y buenas prácticas adoptados por las organizaciones para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos.
En Euriux Abogados, hoy abordamos un asunto que puede ser capital para el perfecto funcionamiento de una sociedad mercantil. Durante la última década han aumentado las oportunidades de negocio en la gran mayoría de sectores de la industria y el comercio. Sin embargo, al mismo tiempo ha propiciado la aparición de nuevas normas o regulaciones, como sucedió en el ámbito financiero. Y ello ha obligado a muchas empresas a ampliar su gabinete jurídico para vigilar que las acciones de la sociedad cumplan con la legalidad vigente.
Hoy día sabemos que es un cargo al que recurren cada vez más empresas en España y el mundo y cuya función principal es asesorar a las organizaciones para que no se salten ninguna normativa que les ataña directa o indirectamente.
Aplicación de Compliance
En Euriux Abogados te damos algunas claves para la implementación de esta herramienta.
- El compliance introduce un elemento ético: muchas empresas operan de forma legal y cumplen con las normas de su sector, pero eso no quiere decir que su acción sea ética. El compliance ayuda a conciliar estas dos esferas.
- Independencia, autoridad y recursos: son los tres elementos básicos para que un departamento o cargo dedicado al cumplimiento normativo sea eficaz. La suma de los tres dará un resultado exitoso casi con toda seguridad; por el contrario, la ausencia de alguna de ellas supondrá un desajuste serio de cara a la implementación en una organización o contexto.
- Garantía de funcionalidad y operatividad: la existencia de este cargo no debe ser un elemento accesorio en las empresas, sino más bien una garantía absoluta de que desde el punto de vista legal y ético se están haciendo bien las cosas y que, por tanto, el negocio no corre riesgo de sanciones.
- Elemento integral a todos los niveles: una de las claves para la eficacia de este cargo o área es que pueda influir en todos los niveles corporativos, desde el más bajo hasta el más alto. De hecho, algunos directores de empresa creen que parte del éxito de esta figura está en crear una cultura interna sobre la labor del compliance y que todos los miembros de una empresa lo asuman como propio.
Modelo de prevención
Hemos elaborado un Modelo de Prevención para empresas, teniendo en cuenta que será necesario contar con un órgano con poderes autónomos de iniciativa y control que garantice que la empresa cumple con el control legal exigible sobre sus administradores, directivos, empleados y demás dependientes.
La principal novedad de una de las últimas reformas al Código Penal es que definitivamente coloca a los programas de Compliance o cumplimiento normativo como una de las principales armas para luchar contra la criminalidad dentro de la empresa. La clave es que estos progresos se considerarán como eximente de una potencial condena a la sociedad. Pero no cualquier programa o protocolo de Compliance penal será válido.
Desde Euriux Abogados, a través de sus abogados penalistas, se lidera un departamento especializado que tiene como objetivo realizar a nuestros clientes Due Diligence completa para diagnosticar y evaluar los principales riesgos penales en cada caso, se establecen programas de control y gestión de los riesgos, y se facilita la formación adecuada, además de desarrollar sistemas de supervisión y seguimiento.
Read More