Herencia: así me afecta en la Declaración de la Renta
La herencia también está relacionadas con la declaración de la renta. Aunque los bienes heredados ya tienen una tributación específica recogida en el impuesto de sucesiones, pueden surgir dudas entre los contribuyentes a la hora de presentar el IRPF.
¿Cómo afecta una herencia a la declaración de la renta?
Lo primero que se debe conocer es que una herencia está gravada por el impuesto de sucesiones y que se considera una ganancia patrimonial. Este impuesto se debe liquidar en el plazo de los seis meses posteriores al fallecimiento, pudiendo solicitarse una prórroga para cumplir con el trámite.
¿Hay que olvidarse de Hacienda?
Pero estar casi exento de pagar el impuesto de Sucesiones, incluso, no tener que detallar en la declaración de la Renta los bienes heredados, no significa olvidarse de Hacienda. Y es que en el IRPF hay que incluir los rendimientos patrimoniales de carácter económico que se hayan obtenido con los bienes heredados. Es decir, una vivienda heredada se liquida en el impuesto de sucesiones, pero si los herederos deciden venderla o alquilarla, sí deberán hacerlo constar en la declaración de la Renta al haberse tenido una ganancia patrimonial.
En el caso de la venta se pagará por la diferencia entre el valor del inmueble al heredarlo y el valor final al que se haya vendido. En el caso del alquiler, el contribuyente tiene que incluirlo en el borrador como un rendimiento de capital inmobiliario. La cuantificación de este rendimiento se realizará, tal y como indican en la Agencia Tributaria, «restando de los ingresos los gastos deducibles y aplicando sobre esta cantidad, en los casos que proceda, determinadas reducciones».
Por otra parte, los compromisos con Hacienda de un contribuyente no acaban con su fallecimiento, ya que sus herederos tienen que encargarse de ajustar cuentas con la Agencia Tributaria. En plena campaña de la Renta, son ellos los que tienen que presentar ahora la declaración del familiar que murió el pasado año, concretamente, del periodo comprendido entre el 1 de enero y el día de su defunción.
Según lo establecido por la Agencia Tributaria, la declaración de un contribuyente fallecido deberá presentarse de manera individual, de manera que aunque el difunto formase parte de una unidad familiar que presentaba una declaración conjunta, en estas circunstancias deberá presentarse su documentación por separado.
Read MoreLas herencias en vida por Candela González Anllo
A falta de pocos meses para que algunos de los beneficios fiscales propios de Galicia lleguen a su punto y final, son muchos los gallegos que apuran los trámites de sus herencias en vida o pactos de mejora en beneficio de sus descendientes. Los cambios introducidos en la normativa fiscal de Galicia en 2016, que eliminó el impuesto de sucesiones hasta los 400.000 euros, unido a una sentencia del Tribunal Supremo que vetó que las herencias en vida tributaran para el transmitente como una donación a pesar de no haber ‘mortis causa’ disparó en la comunidad gallega la puesta en marcha de los pactos sucesorios a partir de ese ejercicio.
No obstante, los cambios normativos anunciados por el Gobierno central a principios de este año han motivado un incremento del interés por la entrega de los bienes en vida a los futuros herederos.”Muchas familias están preocupadas por los cambios normativos y estamos recibiendo muchas consultas para saber cómo afectará la nueva ley a las herencias en Galicia”, explica Candela González Anllo, especialista en planificación fiscal hereditaria en Euriux Abogados.
En un artículo publicado en El Español en su edición de Galicia, la abogada especialista de Euriux Abogsdos da su punto de vista, a las próximas modificaciones que se avecinan en el tema de las herencias.
Entre las novedades más destacadas del proyecto de ley, aprobado definitivamente en julio de este año, y que se enmarca dentro de la lucha contra el fraude fiscal del Gobierno de España, está el hecho que de si el mejorado o perceptor vende el bien heredado antes de que transcurran cinco años desde el pacto sucesorio el impuesto de la renta por las ganancias patrimoniales tendrá en cuenta el valor original del bien, y no el que este tuviera en el momento de la transmisión al heredero; salvo que se produzca antes de ese plazo el fallecimiento del transmisor.
“La nueva norma va a afectar a todos los contribuyentes, tanto a aquellos que pudieran utilizar este derecho como instrumento para no pagar impuestos como a aquellas personas que tengan una necesidad real de vender un bien heredado por el motivo que sea”, asegura la abogada.
“El pacto sucesorio está regulado en la Ley de Derecho Civil de Galicia y esta reforma merma y limita nuestra libertad para formalizar las herencias en vida como lo que son: herencias”, apunta la abogada Candela González Anllo.
Desde que en 2016 se unieron los factores antes comentados, el incremento de la eliminación del impuesto de sucesiones por parentesco hasta 400.000 y el toque de atención del Tribunal Supremo a Hacienda del Estado por hacer tributar a los trasmisores como donación en los pactos sucesorios (las donaciones tributan para el donante como una venta), las herencias en vida vivieron en la comunidad gallega un récord histórico que ha mantenido su tendencia al alza.
Según los datos recogidos por el Colegio Notarial de Galicia, las herencias en vida se incrementaron en 2016 con respecto al año anterior un 108%, pasando de 7.345 trámites a 15.295. Además, reflejo del enorme interés que suscita entre los gallegos esta posibilidad que ofrece la ley en la comunidad (y con la que cuentan en otras comunidades como, por ejemplo, Baleares) la tendencia ha continuado al alza, aunque a un ritmo menor, desde ese momento.
Read MoreHerencia: si renuncias traspasa los derechos hereditarios
La pandemia del Covid-19 ha acelerado en España la renuncia a la herencia. Más de 30.000 personas han declinado quedarse con el patrimonio familiar de los fallecidos, según datos que ha dado a conocer el Consejo General del Notariado. De hecho, según estos datos globales en 2020 tan solo reflejan la cifra de 151.533 casas heredadas, un 14,4% menos según el Instituto Nacional de Estadística.
Euriux Abogados como una de las redes de asesoramiento jurídico con más experiencia en España, te explica hoy qué opciones puedes tomar, si te planteas renunciar a una herencia por falta de recursos económicos para hacer frente tanto el impuesto de sucesiones como la plusvalía.
Venta de los derechos de la herencia
Con la ayuda de un abogado, siempre necesario para poder hacer frente a esta situación, una de las opciones que se están mostrando como las más viables para no renunciar a una herencia es la venta de sus derechos.
Un afectado en lugar de renunciar a la herencia y desentenderse de ella puede optar a traspasarlo a una tercera persona que los explota. La cesión de los derechos hereditarios es una operación excepcional y que empieza a ser más frecuente en épocas complicadas como la actual.
¿Cómo se regularía la venta de la herencia?
- Esta es una posibilidad regulada por el Código Civil, en su artículo 1.531 que admite las ventas.
- También el artículo 1.067 señala que el resto de los parientes, juntos o por separado si los hay, pueden comprar ese derecho a quien se hizo con la misma cantidad..
¿Cuáles serían los trámites?
El trámite a través del asesoramiento legal pasaría por la redacción de una escritura, por la que se requiere la identificación del comprador y del vendedor, aportando además el certificado de defunción del fallecido y el que se reseña la cesión del derecho, el precio y el método de pago.
Read MoreHerencias: ¿Cuándo debo pagar los impuestos?
Los abogados de Euriux son especialistas en Herencias, Donaciones e Impuestos de Sucesiones aplicando una metodología de trabajo basada en la profesionalidad, exclusividad del caso y la experiencia para llevar a cabo de forma efectiva todos los trámites. Nuestro único fin es el de de ayudar al cliente ofreciendo las mejores soluciones durante la tramitación del proceso.
En Euriux Abogados llevamos más de 40 años en la gestión y la tramitación de Herencias a nivel nacional garantizando la adjudicación justa y eficaz de su herencia.
¿Cuándo hay que pagar?
El plazo para hacer frente al impuesto de sucesiones es de seis meses a contar desde el fallecimiento. Sin embargo, es posible solicitar una prórroga de otros seis meses adicionales si se pide antes de que transcurran los primeros cinco meses.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en España es el que determina la fiscalidad de las herencias y las entregas de dinero o bienes entre, por ejemplo, padres e hijos. Este impuesto directo tiene carácter progresivo y su gestión está cedida a las comunidades autónomas.
Cuando una persona fallece existen una serie de impuestos sobre la herencia que deja, del mismo modo que también habrá que pagar a Hacienda por la transmisión o donación de bienes o dinero de padres a hijos una vez se superan determinadas cantidades. Lo que ambos hechos tienen en común es que los dos tributan bajo el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, regulado por la Ley 29/1987, de 23 de diciembre , también conocida como ley del impuesto de sucesiones y donaciones, y por el reglamento del impuesto de sucesiones, marcado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Para las herencias y transmisiones mortis causa la base imponible se calculará a través del valor neto de la adquisición neta individual (de cada heredero para la herencia), entendida esta a efectos prácticos como el valor real de los bienes y derechos, menos las cargas y los gastos deducibles. El cambio viene con los seguros sobre la vida, donde lo que se tendrá en cuenta son las cantidades percibidas por el beneficiario, como veremos más adelante.
Read MoreHerencias: todos los pasos a seguir
Los abogados de Euriux son especialistas en Herencias, Donaciones e Impuestos de Sucesiones aplicando una metodología de trabajo basada en la profesionalidad, exclusividad del caso y la experiencia para llevar a cabo de forma efectiva todos los trámites. Nuestro único fin es el de de ayudar al cliente ofreciendo las mejores soluciones durante la tramitación del proceso.
El proceso de la testamentaria
En Euriux llevamos más de 40 años en la gestión y la tramitación de Herencias a nivel nacional garantizando la adjudicación justa y eficaz de su herencia. Gestionamos y asesoramos en todo momento el proceso de la testamentaria de la herencia, con su tramitación notarial, inscripción de bienes y derechos.
- Obtención del certificado de defunción
- Obtención del certificado del Registro de Últimas Voluntades
- Obtención del certificado del Registro de Seguros
- Copia autorizada del testamento en la Notaría en que se otorgó.
- Declaración de herederos legales si no hay testamento.
- Inventariado y valor de los bienes de la herencia.
- Inscripción en el Registro Público, de la propiedad y nueva titularidad de los bienes
- Asesoramiento tributario sobre el impuesto de Sucesiones y Plusvalías.
La mediación jurídica
Una herencia puede ser conflictiva por muchas razones. Y también forma parte de nuestro trabajo la mediación entre herederos o la intervención judicial para defender sus derechos. Nuestros servicios jurídicos siempre orientarán al cliente a la mejor solución.
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