Herencia: así me afecta en la Declaración de la Renta
La herencia también está relacionadas con la declaración de la renta. Aunque los bienes heredados ya tienen una tributación específica recogida en el impuesto de sucesiones, pueden surgir dudas entre los contribuyentes a la hora de presentar el IRPF.
¿Cómo afecta una herencia a la declaración de la renta?
Lo primero que se debe conocer es que una herencia está gravada por el impuesto de sucesiones y que se considera una ganancia patrimonial. Este impuesto se debe liquidar en el plazo de los seis meses posteriores al fallecimiento, pudiendo solicitarse una prórroga para cumplir con el trámite.
¿Hay que olvidarse de Hacienda?
Pero estar casi exento de pagar el impuesto de Sucesiones, incluso, no tener que detallar en la declaración de la Renta los bienes heredados, no significa olvidarse de Hacienda. Y es que en el IRPF hay que incluir los rendimientos patrimoniales de carácter económico que se hayan obtenido con los bienes heredados. Es decir, una vivienda heredada se liquida en el impuesto de sucesiones, pero si los herederos deciden venderla o alquilarla, sí deberán hacerlo constar en la declaración de la Renta al haberse tenido una ganancia patrimonial.
En el caso de la venta se pagará por la diferencia entre el valor del inmueble al heredarlo y el valor final al que se haya vendido. En el caso del alquiler, el contribuyente tiene que incluirlo en el borrador como un rendimiento de capital inmobiliario. La cuantificación de este rendimiento se realizará, tal y como indican en la Agencia Tributaria, «restando de los ingresos los gastos deducibles y aplicando sobre esta cantidad, en los casos que proceda, determinadas reducciones».
Por otra parte, los compromisos con Hacienda de un contribuyente no acaban con su fallecimiento, ya que sus herederos tienen que encargarse de ajustar cuentas con la Agencia Tributaria. En plena campaña de la Renta, son ellos los que tienen que presentar ahora la declaración del familiar que murió el pasado año, concretamente, del periodo comprendido entre el 1 de enero y el día de su defunción.
Según lo establecido por la Agencia Tributaria, la declaración de un contribuyente fallecido deberá presentarse de manera individual, de manera que aunque el difunto formase parte de una unidad familiar que presentaba una declaración conjunta, en estas circunstancias deberá presentarse su documentación por separado.
Read MoreLas novedades de la Declaración de la Renta
La campaña de la renta y el impuesto de patrimonio del ejercicio 2021 se extenderá hasta el 30 de junio, con el nuevo tramo para rentas altas como una de sus grandes novedades.
De acuerdo al calendario del contribuyente disponible en la página web de la Agencia Tributaria, desde el 6 abril se puede presentar la liquidación del IRPF y el impuesto de patrimonio a través de internet, mientras que el plazo para hacerlo por teléfono comienza el 5 de mayo y de manera presencial, el 1 de junio.
En todos los canales el plazo para presentar la declaración finaliza el 30 de junio, salvo en el caso de liquidaciones a ingresar con domiciliación bancaria, que tendrán que estar entregadas el 27 de junio.
En esta campaña están obligados a presentar declaración los contribuyentes con rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un único pagador o 14.000 euros de más de uno -incluidos quienes hayan cobrado ayudas por encontrarse en ERTE-, así como quienes tengan rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales de más de 1.600 euros, entre otros supuestos.
También están obligados a presentar declaración, entre otros, los perceptores del ingreso mínimo vital, quienes se apliquen la deducción por inversión en vivienda habitual o quienes quieran beneficiarse de la deducción por doble imposición internacional.
Nuevo apartado para criptomonedas
Entre las novedades de la campaña figura un nuevo apartado específico para las criptomonedas, desde el que el contribuyente podrá cumplimentar una serie de casillas para la declaración de las ganancias, algo que ya era obligatorio pero que ahora se consigna en una clave diferenciada.
Entre las novedades normativas destacan los cambios introducidos en los Presupuestos de 2021, en particular la nueva escala para rentas altas y la modificación de los umbrales de aportaciones deducibles a planes de pensiones.
En esta campaña se incorporan nuevos tramos para retenciones para las rentas del trabajo a partir de 300.000 euros, con un tipo del 47 % (dos puntos más), y el gravamen del ahorro, a partir de 200.000 euros, con un tipo del 26 % (tres puntos más).
Por lo que respecta a las deducciones de aportaciones a planes de pensiones, podrán disfrutar de la desgravación las aportaciones realizadas en 2021 por un máximo de 2.000 euros en los planes individuales (antes 8.000 euros) y 10.000 euros en los planes de empresa (antes 8.000 euros).
En esta declaración quedan exentas de tributación las ayudas excepcionales concedidas en caso de fallecimiento o incapacidad causadas por la borrasca “Filomena”, así como las otorgadas por daños personales o patrimoniales derivados del volcán de la isla de La Palma.
También quedan exentas de tributación ciertas subvenciones para rehabilitación energética de edificios, unas obras que, además, pueden beneficiarse de deducciones en el IRPF.
Para presentar la declaración a través de internet, ya sea con el programa Renta Web o con la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, es necesario identificarse con Cl@ave PIN, número de referencia (que se puede obtener con la casilla 505 de la declaración de la renta de 2020) o certificado electrónico.
En la campaña de 2020 presentaron su declaración de IRPF más de 21,7 millones de contribuyentes, un 92 % de ellos a través de internet -de los que más de 400.000 lo hicieron mediante la aplicación móvil- y más de 1,1 millones, por teléfono.
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