
Evaluación de impacto en el tratamiento de datos personales por parte de los abogados
Son muchas las veces en las que se solicita una Evaluación de Impacto referente al tratamiento de datos personales. Pero… ¿es obligatorio este trámite en el caso de los abogados?
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) señala que en los supuestos en los que sea posible que los tratamientos entrañen un alto peligro para los derechos y libertades de las personas físicas corresponde al responsable del tratamiento realizar una evaluación de impacto relativa a la protección de datos, que evalúe, en particular, el origen, la naturaleza, la particularidad y la gravedad del riesgo (art. 35.1).
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado el listado de tratamientos de datos personales en los que no es obligatoria la realización de una evaluación de impacto, con el objetivo de facilitar a los responsables la identificación de este tipo de tratamientos. Esta lista, que no exime de cumplir el resto de obligaciones establecidas en la normativa de protección de datos, complementa a la publicada con anterioridad por la Agencia donde figuran aquellos tratamientos en los que sí es obligatorio llevar a cabo una EIPD.
La AEPD ha añadido a los abogados en el listado de tratamientos de datos personales en los que NO ES OBLIGATORIA la realización de una evaluación de impacto, con el objetivo de facilitar a los responsables la identificación de este tipo de tratamientos.
Dentro de los tratamientos que forman parte del listado también se encuentran, entre otros, aquellos que lleven a cabo los trabajadores autónomos que ejerzan de manera individual, en particular médicos, profesionales de la salud o abogados, sin perjuicio de que pueda requerirse cuando dichos tratamientos cumplan con dos o más criterios establecidos en la lista de tipos de tratamientos de datos que requieren una evaluación de impacto de protección de datos (EIPD).
La Agencia ha definido que no será necesario realizar una EIPD cuando se realicen tratamientos bajo directrices contenidas en circulares o decisiones emitidas previamente por las Autoridades de Control, en particular la AEPD, siempre y cuando el tratamiento no se haya modificado desde que fue autorizado.
Para cualquier duda o aclaración relativa a esta materia, desde Euriux se le ofrece una red de despachos de abogados en toda España donde podrán asesorarle. Puede contactar con nosotros en el teléfono 914261331 o correo electrónico euriux@euriux-abogados.com
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