
Histórica reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La Fiscalía asumirá las investigaciones penales en 2028.
Ayer 28 de octubre de 2025 se ha aprobado la mayor reforma del proceso penal desde 1882. Su entrada en vigor será el 01 de enero de 2028, por lo que la nueva ley solo afectará a los procedimientos que se inicien a partir de esa fecha. El motivo de este cambio es por la adaptación al modelo europeo: donde la Fiscalía lidera las investigaciones.
Los principales cambios son los siguientes:
- Instrucción penal a cargo de la Fiscalía: Los fiscales dirigirán las investigaciones penales, mientras que los jueces se centrarán en juzgar y ejecutar lo juzgado.
 - Creación del “juez de garantías”: Este nuevo rol judicial autorizará medidas cautelares como registros, intervenciones telefónicas o prisión preventiva.
 - Limitación de la acusación popular: Se excluye a partidos políticos, sindicatos e instituciones públicas de ejercer la acusación popular, salvo en casos excepcionales.
 - Mandato del fiscal general: Se amplía a cinco años, buscando mayor independencia respecto al ciclo político
 
El debate está servido porque hay opiniones sobre lo positivo de la separación de las funciones de investigar (Fiscal) y juzgar (Juez) aporte mayor objetividad e imparcialidad al proceso penal y lo haga más rápido. Pero también hay críticas, ya que el fiscal depende jerárquicamente del Fiscal General del Estado, quien a su vez tiene un fuerte vínculo con el Gobierno de turno. Esto genera el temor de que la dirección de las investigaciones pueda verse influida por intereses políticos, afectando la independencia judicial y la objetividad de la justicia.
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