El Supremo avala las grabaciones de los trabajadores en su pausa laboral
Una sentencia del Tribunal Supremo que unifica las doctrinas al respecto avala que los sistemas de videovigilancia instalados sigan grabando mientras los trabajadores realizan una pausa dentro del horario laboral. Lo justifica porque pueden “incurrir en incumplimientos contractuales graves y culpables que afecten a sus obligaciones laborales”.
Según publica el diario digital ‘La Información’, en el citado fallo del alto tribunal, los magistrados consideran justificado y proporcional que las empresas hagan uso de las imágenes captadas por las cámaras de seguridad para justificar el despido de un empleado que haya cometido una conducta laboral irregular durante su tiempo de descanso.
El debate que el Supremo ha analizado en su sentencia dictada el pasado 13 de octubre, tiene que ver con el hecho de si el empleador puede hacer uso de las imágenes capturadas para justificar la rescisión del contrato de un trabajador por su conducta durante el tiempo de descanso en horario laboral.
En concreto, se trata de un conductor del servicio público de autobús en Galicia, que fue despedido disciplinariamente por no cobrar en varias ocasiones el billete a una pasajera y que en el tiempo de parada en cabecera fumara varias veces en el interior del autobús y orinara hacia fuera del vehículo.
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