Vuelo cancelado: ¡Haz valer tus derechos!
Durante lo que va de año un total de 5.000 vuelos en España se han cancelado por las diferentes huelgas de los controladores. ¿Eres uno de los afectados por la cancelación o retraso de un vuelo? En Euriux Abogados te damos a conocer los derechos como pasajero y las indemnizaciones a las que tienes derecho. Ahora que las vacaciones están a la vuelta de la esquina, aquí te dejamos este manual por si eres uno de los afectados y necesitas de los servicios del departamento de Responsabilidad Civil.
¿Cuándo tengo derecho a una indemnización?
Si te han informado con muy poca antelación de la cancelación de un vuelo, las líneas aéreas normalmente compensan a los pasajeros por las molestias. Dependiendo de la compañía, deberías esperar el reembolso completo o un billete alternativo con otra compañía que se encargue de llevarte a tu destino.
Si tu vuelo tiene destino desde o hasta cualquier aeropuerto de la Unión Europea y se retrasa durante más de tres horas, estás legalmente autorizado a recibir la misma indemnización que si se tratase de un vuelo cancelado.
Las únicas circunstancias en las que una compañía no tiene obligación legal de proporcionar ninguna compensación es si la cancelación se debe a una erupción volcánica, condiciones climatológicas extremas o huelgas.
¿Cómo inicio una reclamación?
Una ves producido el retraso o la cancelación del vuelo, debes seguir los siguientes paso:
- No te deshagas del billete de avión ya que supone el contraro legal con el transportista o la agencia de viajes.
- Conserva la tarjeta de embarque en caso de haberla obtenido porque supone la aceptación de que el pasajero tiene una plaza en el avión.
- Conservar cualquier factura o justificante de pago realizado ya sea en concepto de manutención, alojamiento o llamadas telefónicas.
- Solicita un justificante por escrito cuando la compañía alegue causas de fuerza mayor.
- Dirigete a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en su División de Calidad y Protección al Usuario, con sede en Avda. General Perón, 40, 28020 Madrid.
¿Qué cantidades me corresponden?
En función de la situación del pasajero, se pueden recibir diferentes indemnización:
- Overbooking: Siempre que no te hayan informado con dos semanas de antelación o haya una causa de fuerza mayor. La compañía está obligada a indemnizarte con entre 250 euros y 600 euros, más los gastos de manutención generados.
- Retraso: Si la demora es superior a las tres horas, tienes derecho a una indemnización. Puedes reclamar hasta 250 euros para vuelos entre 0 y 1.500 kilómetros de distancia, 400 euros entre 1.500 kilómetros y 3.000 kilómetros y 600 euros cuando la distancia sea superior a los 3.500 kilómetros.
- Cancelación: Si no has sido avisado con al menos 14 días de antelación de que tu vuelo no sale, también recibirás una indemnización. Incluso si te han avisado por correo electrónico (indistintamente de la fecha de envío) y no lo has abierto, también tienes derecho a las compensaciones por retraso.
- Pérdida de una conexión: Tus derechos varían dependiendo de si todos los vuelos que componen el viaje forman parte de un mismo billete o si las reservas son por separado. Si pertenecen al mismo contrato, tendrás derecho a un nuevo vuelo que te lleve a tu destino.
Read More