
Euriux Abogados te cancela tus deudas con la ley de segunda oportunidad
Euriux Abogados, la red nacional de abogados con 52 despachos en España y 300 abogados a tu servicio trabajando como una sola firma, te da una segunda oportunidad para poder cancelar tus deudas. La nueva Ley de Segunda Oportunidad te garantiza poder resolver tus problemas económicos a través de una sentencia judicial.
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) es un proceso judicial incardinado del proceso concursal por el cual cualquier persona, empresaria o no, puede cancelar una parte o la totalidad de sus deudas.Se trata de una herramienta que ayuda a dejar atrás una situación económica complicada, bien mediante un plan de pagos acorde con la capacidad económica del deudor, bien tras la liquidación del activo del mismo.
¿Cuáles son los requisitos de la Segunda Oportunidad?
Para poder optar al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho se requiere ser deudor de buena de fe y o bien someterse a un plan de pagos o bien liquidar el patrimonio y pagar hasta donde alcance, exonerando el resto de la deuda hasta los límites legales.Además, el deudor no puede haber sido condenado por determinados delitos económicos; no haber sido sancionado por resolución administrativa por infracciones tributarias, de seguridad social o del orden social muy graves o no haberse dirigido frente a él una derivación de responsabilidad por dichas deudas; no haber sido declarado culpable el concurso de acreedores ni haberlo sido en años anteriores; así como otras cuestiones que denotan haber actuado de buena fe.
Alcance de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho
.La exoneración alcanza a todas las deudas con varias excepciones: la nacidas de responsabilidad civil extracontractual e indemnizaciones derivadas de accidente trabajo y enfermedad profesional; las derivadas por responsabilidad civil de un delito; las deudas por alimentos; parte de las deudas salariales; multas en procesos penales y sanciones administrativas muy graves, aquellas que cuenten con garantía real hasta su límite y las deudas por créditos de derecho público y a la seguridad social superiores a los 15.000.
¿Qué ofrece Euriux Abogados a los afectados?
Euriux Abogados es la red de abogados con más de 25 años al servicio de nuestros clientes y empresas. Desde nuestra oficina principal en Madrid gestionamos todos los asuntos legales con la capacidad de nuestra red de abogados para acudir a cualquier juzgado del territorio nacional.
Si estás interesado en recibir más información ponemos a tu disposición nuestros canales de comunicación. A través de nuestro formulario de contacto en nuestra web y una línea de teléfono exclusiva para la ley de la Segunda Oportunidad llamando al 91 636 09 52.
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Otra deuda cancelada con la ley de segunda oportunidad
El Juzgado número 7 de Palencia ha dictado un auto por el que cancela una deuda de 262.503 euros en aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad. Los hechos arrancan cuando el matrimonio «montó un negocio con grandes ilusiones».
«Sin embargo, más tarde llegó la crisis. Intentaron aguantar todo lo posible para remontar la situación. Por desgracia, lo único que hicieron fue aumentar sus deudas. Cerraron y se quedaron con grandes pérdidas. Por este motivo, no tuvieron más remedio que empezar el proceso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad», añaden.
En la resolución judicial, que se puede recurrir, se recoge en los fundamentos de derecho que el matrimonio no tiene proceso penal alguno pendiente.
Los deudores celebraron el acuerdo extrajudicial de pago con sus acreedores, a la vez que no han incumplido las obligaciones de colaboración que estipula la Ley Concursal. Entre los pasos que han dado, se incluye que han presentado un plan de pagos que ha sido aprobado por la vía judicial, según informó Repara tu Deuda.
El objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad es que los emprendedores por cuenta propia queden exonerados de las deudas contraidas y puedan seguir ejerciendo su actividad. La normativa surge para que aquellas personas físicas o jurídicas que pusieron en marcha un negocio, y que como consecuencia de la crisis fracasaron, no estén endeudadas durante toda la vida, y puedan retomar una actividad empresarial.
Esta legislación permite la exoneración de la deuda de particulares y autónomos siempre que se demuestre previamente que el deudor ha actuado de buena fe o que el importe debido no supere los cinco millones de euros.

La sede de Toledo logra que el TS en su sala civil anule una sentencia por “maquinación fraudulenta”
La delegación en Toledo de Euriux Abogados a través del abogado Luis Pintado ha conseguido resolver un largo procedimiento en favor de sus clientes en el que se ha tenido que pronunciar la sala de lo civil del Tribunal Supremo.
En la revisión de la sentencia, el alto tribunal anula las anteriores resoluciones por maquinación fraudulenta de la parte contraria.
“En los procedimientos civiles, cuando activamos en cuanto que actores, tenemos la obligación de intentar por todos los medios posibles la localización de la contraparte para el traslado de actuaciones” señala Luis Pintado.
En este caso ha quedado demostrado que la parte contraria buscó la ejecución de una reclamación de cantidades a través de edictos sin facilitar la domiciliación correcta a pesar del parentesco familiar.
” Si no es posible, sólo entonces acudimos a medios de publicación edictal y similar. Pues bien, esa obligación no es susceptible de relajación y menos aún de interesada orientación buscando una rebeldía que nos deje el asunto medio zanjado a nuestro favor por la no contradicción del adversario. En el caso que ha resuelto el TS, mis clientes se enteraron de que se había seguido una vía civil de reclamación de cantidad contra ellas, sin tener noticia alguna”, asegura el abogado que ha llevado el caso.
Luis Pintado apunta que en el procedimiento “de hecho, la primera notificación consciente fue el embargo de bienes. Una de ellas lleva años trabajando en la Embajada Española en Colombia y, evidentemente, allí nada se le mandó, pese a que el demandante era conocedor de tal hecho”. Es por ello que el TS rescinde la sentencia y todo el proceso de ETJ.
En la resolución, el TS señala que “el hecho de que pueda seguirse un proceso civil frente a un demandado que no ha sido localizado -declarado por ello en rebeldía- es algo excepcional y que sólo admite la ley para no impedir al demandante la posibilidad de obtener una declaración judicial de su derecho cuando realmente la parte demandada no ha podido ser localizada por los medios previstos en la ley, lo que en muchas ocasiones ocurre por su propia actuación falta de diligencia. Se trata de ponderar los derechos de ambas partes respecto de una tutela judicial efectiva, que efectivamente no recibe quien es declarado en rebeldía por imposibilidad de su localización, y se presta a quien -frente a la parte demandada – pretende la declaración de un derecho; declaración que no puede serle negada por el mero hecho de tal imposibilidad de localización. Como correspondencia al reconocimiento de tal derecho,resulta exigible a la parte demandante la aportación de cualesquiera datos que pudieran ser de utilidadpara la localización del demandado, lo que constituye una verdadera carga procesal de ineludible cumplimiento. De modo que el incumplimiento comporta que se aprecie la maquinación fraudulenta a que se refiere la causa de revisión prevista en el n.º 4.º del artículo 510 LEC”.
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