Anulan la incapacidad de una oficial de Policía, con la asistencia jurídica de Euriux Toledo
Una sentencia de la sala de lo contenciosos administrativo de la Audiencia Nacional de Madrid ha anulado la declaración de jubilación permanente de una oficial del Cuerpo Nacional de Policía que padecía problemas de hipoglucemia como consecuencia del nacimiento de su segunda hija, a sus 38 años de edad.
El abogado Luis Pintado de la sede en Toledo de Euriux Abogados ha sido el encargado de defender los intereses de esta funcionaria del Estado que retomará su trabajo después de un proceso judicial que arrancó en 2020.
El Tribunal Médico de la Policía Nacional declaró en aquel entonces la jubilación por incapacidad permanente en base a un informe en el que hacia constar que la funcionaria padecía “crisis hipoglucemias sin filiación” sometidas a “tratamiento dietéticos” y con una posible evolución persistente de crisis hipoglucemicas que imposibilitaban la función de su servicio. La demandante al dar a luz a su segunda hija, con 38 años de edad, tuvo que prolongar el proceso de lactancia como consecuencia de una enfermedad de su hija con un cuadro médico de intolerancia de alimentos.
La Audiencia Nacional considera que hay una falta de motivación en el dictamen del Tribunal Médico de la Policía Nacional respecto al informe médico. Unos meses antes se denegó su pase a la jubilación anticipada quedando pendiente de una segunda revisión en un plazo de 7 meses.
La demandada presentó un informe pericial en sus alegaciones haciendo constar que esta crisis de hipoglucemia era un trastorno estacional y transitorio que finalizaría tras la lactancia de su hija al padecer diabetes su hija,como así sucedió tras un informe médico de su pediatra.
El Tribunal Médico sentenció que esas alegaciones no eran razón para desvirtuar la propuesta de incapacidad para su trabajo.
La Audiencia da la razón a la funcionaria del cuerpo policial ya que los informes emitidos de parte no se incorporaron a su expediente administrativo. En consecuencia. la Sala asegura en su fallo que “la declaración de incapacidad carece del presupuesto que en este sentido imponen las normas que la regulan”
“Puara todos los compañeros que llevan tema de daño corporal y de informes médicos periciales para valoración de incapacidades, aporta algunos elementos muy importantes” ha asegurado Luis Pintado.
“Esta sentencia tiene relevante el hecho de que un informe pericial de parte, no solo supone cargarse el informe objetivo de un funcionario público a través del equipo de valoración, de incapacidades o del tribunal médico, sino que el tribunal afirma todo aquello que el informe pericial de parte dice”,señala el abogado.