Ley de Marcas: ¡Entérate de las nuevas novedades!
En Euriux Abogados hoy te vamos a hablar de las novedades que se han producido en la Ley de Marcas, tras la aprobación de un real decreto del Gobierno que ha entrado en vigor esta misma semana. Nuestro asociado Bufete Pico & Asociados, representante en Elche y de la provincia de Alicante, nos cuenta hoy en el blog las principales novedades.
El abogado Francisco Picó Antón asegura que “con las adaptaciones realizadas al ordenamiento jurídico europeo, se da un paso adelante para facilitar el registro de marcas, agiliza los trámites y avanza en la lucha contra las falsificaciones”.
Menos piratería; más marcas
Con esta nueva legislación, el titular de una marca registrada podrá ejercitar los derechos que le confiere la misma contra mercancías procedentes de terceros países que, aunque no se hayan comercializado, lleven un signo idéntico o virtualmente idéntico a la marca registrada. La lucha contra la piratería industrial, es un aspecto legal que se refuerza. Asimismo, facilita el registro de marcas o nombres comerciales a cualquier persona física o jurídica, con independencia de su nacionalidad, residencia o de que goce de los beneficios de determinados convenios internacionales.
Desaparece el concepto de marca notoria y se recoge una única categoría, la de marca o nombre comercial renombrado. Se entiende por “marca de renombre” aquella que sea conocida por una parte significativa del público interesado en los productos o servicios. En cuanto al procedimiento, se regula detalladamente la legitimación para formular oposición al registro de una marca y se agilizan los trámites para su renovación. El texto atribuye la competencia directa a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OPEM) para declarar las causas de nulidad y caducidad, agilizando los procesos.
Marca: sonora o visual
Una de las principales novedades de la Ley de Marcas es la supresión del requisito que obligaba a que el signo distintivo tuviera que representarse gráficamente. Para adaptarse a las nuevas tecnologías, a partir de ahora la marca podrá representarse por cualquier medio (sonoro, vídeo, holograma, etc.), siempre que el objeto de la protección que se otorgue al titular se pueda determinar con claridad. La representación debe ser, por tanto, clara, precisa, autosuficiente, fácilmente accesible, inteligible, duradera y objetiva.
Según el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, los usuarios del sistema, pymes y empresarios tendrán menos cargas administrativas y trámites para obtener el registro de su marca y así iniciar su actividad económica en el mercado con mucha más rapidez.
Por último, según asegura Francisco Picó “clarifica y refuerza la protección de un sector empresarial de importancia económica en el mercado español, como es el de las denominaciones de origen, indicaciones geográficas protegidas, denominaciones tradicionales, especialidades tradicionales y obtenciones vegetales”.