
El Tribunal Supremo debe decidir: 3.000 millones en Plusvalías
El Tribunal Supremo debe decidir en las próximas fechas sobre el impuesto de la Plusvalía. Se espera, de este modo, una resolución después de la jurisprudencia que ha anulado el pago de la plusvalía municipal para los casos en que no ha habido ganancias a la hora de transmitir el inmueble. Desde Euriux Abogados, os contamos las últimas novedades.
Actualmente, el Tribunal Supremo tiene sobre la mesa 55 recursos de casación planteados contra este impuesto. Hay 44 peticiones que se centran en la preocupación de los contribuyentes: si es posible anular las liquidaciones cuando se ha vendido el inmueble y se ha ganado dinero en la operación.
El fundamento que se utiliza es que los artículos declarados inconstitucionales por el Constitucional y expulsados del ordenamiento no pueden aplicarse en ningún caso. En juego, hay más de 3.000 millones en impuestos cobrados de más.
El TC anuló el pago
Hay que remontarse al pasado 11 de mayo cuando el Tribunal Constitucional anuló el pago de la plusvalía municipal para en los casos que no ha habido ganancia en la venta de un inmueble. Declaró nulos varios artículos de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que afectan al cobro de la plusvalía.
Mientras tanto, en el Congreso se está debatiendo una modificación de la Ley, pero todavía no hay el consenso político necesario, lo que ha provocado que ahora mismo los contribuyentes inicien su particular cruzada contra los Ayuntamientos.
La ley te ampara
Ante la juriusprudencia actual, muchos de los contribuyentes están encontrado el respaldo necesario en la justicia para que el impuesto de la Plusvalía quede sin efecto. Da igual que haya generado pérdidas o beneficios en la venta de un inmueble.
Mientras no haya más sentencias, en principio, puedes proceder a la reclamación y devolución del dinero abonado en el impuesto. Y para ello, desde Euriux Abogados te recomendados el asesoramiento jurídico para proceder a la operación.


Si vives en Cataluña, a impuestos te fríen
Un informe del Consejo de Economistas constata que la comunidad autónoma de Cataluña lidera el ránking de pago de impuestos. Además, castiga a las rentas más bajas y medias, según los datos del informe ‘Panorama de fiscalidad autonómica y foral de 2018’. En Euriux Abogados hoy repasamos la tributación nacional.
En pleno proceso independentista, la Generalitat creó cuatro nuevos tipos impositivos hasta un total de 18. Entre los impuestos de nueva creación están el de las bebidas azucaradas envasadas o el que se aplica sobre los activos no productivos de las personas jurídicas.
IRPF: Extremadura y Comunidad Valenciana, al alza
Cataluña es la comunidad que más castiga las rentas medidas.Los ciudadanos que declaren ingresos por 16.000 e deberán pagar 1.611 euros por IRPF; si la renta alcanza 20.000 euros, la cantidad a pagar será de 2.510 euros.
Las rentas medias y altas, en cambio, sufren más en Extremadura y la Comunidad Valenciana. En el caso extremeño lidera la presión en los ejemplos realizados para aquellos ciudadanos que declaran 45.000 y 70.000 euros, mientras que la Comunidad Valenciana es la que más exige a las rentas de 110.000 euros en adelante.
Impuesto de Patrimonio, más rentable en Madrid
Este mismo trabajo muestra que la Comunidad de Madrid es, en todos las simulaciones realizadas, la región con menos presión fiscal a través del IRPF al igual que con el impuesto de Patrimonio. Madrid es la menos exigente al estar bonificada este impuesto, mientras que La Rioja presenta también una fiscalidad baja.
En cambio, Aragón y, de nuevo, Extremadura, sobresalen por las altas cifras que exigen a través de esta figura. Un contribuyente con un patrimonio total de 800.000 euros deberá abonar 1.164 euros en impuestos. La región extremeña se queda en segundo lugar en este caso.
No heredes en Andalucia
Andalucía, que también es una región habitual entre las comunidades autónomas con más presión, destaca especialmente en el Impuesto de Donaciones: en el caso de un hijo de 30 años que recibe de su padre 800.000 euros en efectivo, la región andaluza demandará un pago por esta figura de más de 200.000 euros.
En Castilla y León y Extremadura la cantidad será también superior a los 200.000 euros. Todas estas cifras contrastan y muestran las grandes diferencias que existen dentro del mismo país, con las de Canarias, en donde sólo habrá que abonar 200 euros, la Comunidad de Madrid, Región de Murcia o La Rioja.
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Patente: 8 pasos para que tu idea triunfe
¿Realmente necesitas una patente? ¿Es novedosa y de aplicación industrial? Pues si la respuesta es afirmativa, adelante. Ah! pero no olvides de tener a tu lado a un abogado para desarrollar el laborioso proceso de una patente. Hoy en Euriux Abogados, ta marcamos el camino.
Solicitar una patente
Hablamos de un procedimiento jurídico regulado por plazos estrictos y generalmente inamovibles. No es algo que convenga apresurarse a hacer. Para optimizar la probabilidad de obtener una buena patente, deberá:
- Estudiar el procedimiento de solicitud en detalle.
- Intentar no solicitarla con prisas, sino de una manera estratégica, en el momento y por las razones que mejor convengan a sus planes de explotación. (véase Estrategia de patente más adelante.)
- ¡Haga uso de un abogado de patentes! No lo haga todo Vd., el riesgo de cometer errores es demasiado alto.
Comienzo del proceso
El abogado de patentes deberá presentar una documentación compuesta de:
- Una solicitud de patente
- Datos del solicitante
- Una descripción de la invención
- Reivindicaciones
- Planos
- Un resumen
Además, deberá pagar una tasa. Para evitar retrasos, es vital que toda la documentación sea conforme en todos los detalles con los requisitos oficiales. Su abogado de patentes se asegurará de que sea así.
1. Examen Previo
Si su documentación parece estar en regla, se otorga a su solicitud una fecha de presentación que también se conoce como fecha de prioridad. Tras la presentación se realiza un examen de forma para comprobar si su documentación es correcta y está completa.
Durante los siguientes 12 meses puede presentar solicitudes de protección de la patente en otros países, y se tratarán como si las hubiera presentado en la fecha de prioridad. En la práctica, esto le da un año para decidir cuántos países quiere incluir en la protección de su patente.
2. Búsqueda de la patente
Se le envía un informe de búsqueda, en el que se relacionan y se incluyen copias de todos los documentos de estado anterior de la técnica que haya encontrado un examinador con experiencia y considerado relevantes para su invención. La búsqueda está principalmente basada en sus reivindicaciones de novedad, pero su descripción y los planos también se tomarán en consideración. Con frecuencia se incluye en el informe un dictamen inicial sobre la patentabilidad de su invención.
3. Publicación
Su solicitud se publica a los 18 meses de la fecha de presentación. Su invención aparecerá en las bases de datos accesibles a terceros en todo el mundo. Tendrá consideración de estado de la técnica para cualquier solicitud de patente futura de otros inventores o sociedades que presenten invenciones similares.
4. Examen de fondo
Si solicita un examen de fondo la Oficina Española de Patentes deberá decidir si su invención y su solicitud reúnen los requisitos del Convenio sobre la Patente Europea. Para una máxima objetividad, por regla general hay tres examinadores de la OEP, uno de los cuales mantiene el contacto con su abogado de patentes. Esta fase supone frecuentemente un diálogo entre los examinadores y su abogado de patentes, que puede tener como resultado la nueva redacción de partes fundamentales de su solicitud. Su abogado de patentes defenderá su solicitud, y esta es una razón más por la que resulta esencial disponer de representación profesional.
5. Decisión sobre la concesión de la patente
Si los examinadores deciden conceder la patente, y se han pagado todos los honorarios y presentado todas las traducciones de las reivindicaciones, la decisión se publica en el Boletín Europeo de Patentes. La decisión favorable a la concesión toma efectos en la fecha de publicación.
6. Validación
Lo que debe hacer ahora es formar un “haz” de patentes nacionales individuales. Una vez publicada la decisión de la OEP de conceder la patente, ésta tiene que validarse en cada uno de los estados designados en un plazo determinado.
7. Oposición
Una patente concedida puede ser objeto de oposición por terceros, por lo general los competidores del solicitante, si consideran que no debía haberse concedido. Desde que la concesión se publica en el Boletín Europeo de Patentes, disponen de nueve meses para presentar notificaciones de oposición. La acusación más habitual es que la invención no es novedosa, o que carece de actividad inventiva. El caso es examinado por un equipo de la OEP, constituido de nuevo por tres examinadores.
8. Recurso
Todas las decisiones de la OEP son susceptibles de recurso. La responsabilidad por las decisiones sobre los recursos la asumen consejos de recursos independientes.


