
Así cambia la nueva Ley de Tráfico
La nueva Ley de Tráfico apuesta por el futuro al incluir en su articulado referencias al medioambiente y al vehículo autónomo. Aumentan de 3 a 6 los puntos a detraer en el caso de llevar el móvil en la mano y de 3 a 4 por no hacer uso del cinturón de seguridad. Se introduce la tasa 0,0 para los conductores menores de edad. Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Se unifica en 2 años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos.
La nueva Ley de Tráfico también incide sobre los elementos esenciales de la seguridad vial como son las distracciones, la velocidad, el alcohol y el no uso del cinturón de seguridad. Con esta nueva Ley de Tráfico se incrementan el número de puntos a detraer en determinados preceptos, sin aumentar la cuantía económica.
En Euriux Abogados como especialistas en accidentes y aseguradoras, te presentamos las nuevas modificiones.
Distracciones en la Ley de Tráfico
Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales.
Cinturón de seguridad y elementos de protección
Aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.
Velocidad
Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.
2 de cada 3 siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, año de referencia, se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en este tipo de vía. Esta supresión va en consonancia con el principio de Sistema Seguro de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos son uno de ellos.
Alcohol
Los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0, tanto en sangre como en aire espirado. Es una infracción que no cambia, sigue tipificada como muy grave: 500 euros de multa.
Ciclistas
Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
Recuperación de los puntos del carnet
Se unifica en 2 años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos.
Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado, de modo que sea de más fácil su comprensión y comunicación.
Cursos de conducción segura y eficiente
Se podrán recuperar 2 puntos del carnet por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una Orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.
Estos cursos se están consolidando como una buena práctica y suponen una formación adicional para los conductores.
Objetos a la vía
Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros.
Motoristas
Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.
Zonas de Bajas Emisiones
Se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.
La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones antes del 1 enero de 2023.
Fraude en las pruebas de obtención del permiso de conducir
Se introduce, como infracción muy grave sancionada con 500 euros, utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.
Alcoholímetro antiarranque (alcoholock)
Desde el 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a utilizar estos dispositivos.
La normativa europea, Reglamento (UE) 2019/2144, establece la obligación de que lleven este interfaz los vehículos homologados a partir del 06/07/2022 y matriculados nuevos a partir del 06/07/2024.
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Tarjetas revolving: 2 años después de la sentencia
Se cumplen dos años de la sentencia del Supremo contra las tarjetas revolving. Dos años después, lo que se auguraba como un duro revés para la banca es hoy en día toda una realidad.
Euriux Abogados cómo la red nacional de abogados en España con más de 25 años de experiencia y con 52 sedes en España, te explica cómo está actualmente esta problemática con el consumidor.
Según un informe financiero realizado por el Banco de España y difundido por Europa Press, la entidad bancaria WiZink (una de las más afectadas y la principal señalada en la sentencia del 2020) cerró el primer semestre del año pasado con 25 millones de euros de pérdidas. Todo ello, debido a una provisión extraordinaria realizada por la compañía de 107,6 millones de euros dirigida a cubrir los potenciales pagos que surgieran de los litigios asociados con las tarjetas revolving de sus clientes. Es más, según el propio Banco de España, de esa provisión inicial se terminaron destinando a este capítulo 81,9 millones de euros, más del 75%.
El 4 de marzo de 2020 el Tribunal Supremo consideró usurario el interés aplicado a una tarjeta revolving WiZink con un TAE inicial del 26,82% y posterior del 27,24%. Dicho interés fue catalogado por el Alto Tribunal como “notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”, atendiendo así a las premisas proporcionadas en la Ley de Represión de la Usura del año 1908. Una ley que a pesar de su longevidad, va camino de cumplir los 114 años, sigue siendo fundamental para lograr la nulidad de este tipo de contratos.
Esta controvertida modalidad de pago aplazado ha sido declarada de nuevo usuraria por este órgano superior, repitiendo así su fallo de hace cinco años.
La cúspide del poder judicial español sentenció hace dos alos que debe declararse nulo el crédito proporcionado por los bancos a los miles de afectados que picaron en el anzuelo de las revolving. La resolución se basa en la ausencia de transparencia en su comercialización y en sus intereses abusivos, superiores al 20% TAE, para alcanzar este fallo.
Estas tarjetas, que permiten aplazar el pago de cualquier tipo de compras, cayeron en manos de un gran número de personas por su comercialización especialmente agresiva. El rasgo distintivo que las diferencia de las tarjetas de crédito normales, es que el cliente puede elegir los plazos de devolución del dinero a cambio de un interés fijado previamente en un contrato.
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¿Está afectado tu coche por el Cártel de Coches?
La organización de consumidores OCU ha creado una sencilla herramienta con la que cualquier usuario (no es necesario ser socio de la OCU) puede consultar en tiempo real si su coche está o no afectado (desde este enlace).
Tan solo hay que introducir tres datos: Marca del Vehículo, Concesionario y la Fecha de compra.
¿Compraste tu coche entre 2006 y 2013?
Comprueba si fuiste víctima de un pacto ilegal de precios de fabricantes y concesionarios. Euriux Abogados es la red nacional especializada en España que te ayuda a recuperar entre el 10 y 15% del valor del coche.
Entre 2015 y 2016, la CNMC multó a 21 fabricantes, 172 concesionarios y 2 consultoras por prácticas anticompetitivas, al demostrarse que habían acordado fijar los precios de los coches. Este cártel supuso un claro perjuicio a los consumidores, que pagaron por sus vehículos más de lo que correspondía. El Tribunal Supremo está confirmando esas multas, abriendo la puerta a las reclamaciones de los usuarios.
¿Qué documentación necesito para reclamar?
Para dar comienzo a los trámites es necesario presentar la factura de compra (o resguardo de transferencia bancaria que se realizó al concesionario), el permiso de circulación del coche y su ficha técnica. Si el vehículo fue vendido, el reclamante deberá aportar el documento donde ponga el precio de venta o valor final con el que se cerró la operación.
¿Qué plazo hay para presentar la reclamación?
El plazo para solicitar estas indemnizaciones es de un año a partir del momento en que se publican las sentencias del Supremo. Aunque la condena de pagar a los afectados es muy reciente, cada sentencia se produjo en un determinado momento anterior -se empezaron a publicar sentencias a partir de enero de 2021- tras los recursos interpuestos por las marcas y concesionarios, por lo que los afectados deben estar al tanto de cuándo salió la sentencia que afecta a su vehículo.
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