¿Qué debes saber sobre el cártel de coches?
Las consecuencias del cártel de coches, que operó durante los años 2006 y 2013 en España y que afecta a millones de compradores mediante acuerdos anticompetencia que en encarecieron los precios de los coches, están empezando a hacerse notar. La reciente confirmación por parte del Tribunal Supremo de las multas millonarias que impuso en 2015 la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a las principales marcas automovilísticas por crear dicho cártel de intercambio de información ha avivado el interés de los afectados por reclamar y en las últimas semanas del año, las consultas de afectados se han disparado.
En Euriux Abogados como tu despacho legal te ayudanos a gestionar la reclamación. Si eres uno de los afectados, uno de los primeros trámites para demostrar ante un juez es que se ha pagado un sobreprecio por el vehículo como consecuencia directa de ese cártel de coches, es la presentación de las facturas de compra.
¿Qué documentación necesito para reclamar?
Para dar comienzo a los trámites es necesario presentar la factura de compra (o resguardo de transferencia bancaria que se realizó al concesionario), el permiso de circulación del coche y su ficha técnica. Si el vehículo fue vendido, el reclamante deberá aportar el documento donde ponga el precio de venta o valor final con el que se cerró la operación.
¿Cómo se calcula la cuantía de la indemnización?
La cuantía de la indemnización consiste en la diferencia entre lo que se ha pagado por el coche y lo que se hubiera pagado en ausencia del cártel. La primera cantidad es sencilla y consiste en probar, con la factura de compra, lo que se pagó por el coche.Para calcular el segundo escenario (o lo que deberíamos haber pagado por el coche en realidad) debe realizarse un informe pericial. Este informe será el que determine el daño al afectado. Se entregará como prueba al juez para demostrar el precio que debería haber pagado el comprador al adquirir el coche.
¿Cuánto tiempo hay para pedir la indemnización?
El plazo para solicitar estas indemnizaciones es de un año a partir del momento en que se publican las sentencias del Supremo. Aunque la condena de pagar a los afectados es muy reciente, cada sentencia se produjo en un determinado momento anterior -se empezaron a publicar sentencias a partir de enero de 2021- tras los recursos interpuestos por las marcas y concesionarios, por lo que los afectados deben estar al tanto de cuándo salió la sentencia que afecta a su vehículo.
¿Qué fechas límites hay?
Estas son algunas de las fechas límite más próximas en función del fabricante, todas ellas en 2022: 19 de febrero (General Motors); 5 de marzo (Honda y Toyota); 6 de mayo (Renault); 13 de mayo (Ford) y 17 de mayo (Hyundai).¿Qué marcas de coches se pueden reclamar? En principio la marcas susceptibles de solicitar la reclamación son: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota y Volvo. El Grupo Volkswagen (Audi, Porsche, Skoda, Volkswagen y Seat fue absuelto de la sanción millonaria de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al destapar el caso ante los tribunales.
¿Cuándo tuvo que comprar el automóvil?
Entre febrero de 2006 y agosto de 2013. También podrán reclamar esta indemnización aquellos propietarios que heredaron uno de los vehículos afectados por el cártel siempre que posean toda la documentación necesaria.