
¿Cómo debo fichar en el trabajo?
Este domingo entró en vigor la obligación por parte de las empresas de llevar un registro de la jornada laboral de sus empleados. Una norma que impone el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo y que impone fichar en el trabajo con el objetivo de luchar contra la precariedad laboral. Eso sí, con ella han surgido miles de dudas tanto a empresarios como a trabajadores. En Euriux Abogados, te damos algunas de las claves a través de nuestros abogados en el departamento laboral.
¿QUÉ ES EL REGISTRO LABORAL?
La norma establece que la empresa deberá garantizar el registro horario concreto deinicio y fin de la jornada de trabajo de cada empleado. También podría sumarse el registro de tiempos de descanso o de trabajo efectivo aunque esto no es obligatorio. La obligación recae sobre la empresa. Deberá conservar los datos durante cuatro años, que estarán siempre a disposición de los trabajadores, sus representantes legales, la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social.
¿CÓMO HABRÁ QUE FICHAR EN EL TRABAJO?
La norma establece que la empresa deberá garantizar el registro horario concreto de inicio y fin de la jornada de trabajo de cada empleado. También podría sumarse el registro de tiempos de descanso o de trabajo efectivo aunque esto no es obligatorio. Podrían servir métodos tradicionales como la firma de los empleados en una hoja con las horas detalladas o sistemas digitales como el uso de la huella digital. En ningún caso, valdrán como registro los cuadrantes horarios.
LA ALTA DIRECCIÓN QUEDA EXENTA
El Ministerio de Trabajo ha señalado que trabajadores autónomos, de cooperativas y alta dirección están exentos de fichar. Eso sí, muchos autónomos se verán afectados igualmente ya que la medida sí impacta sobre los trabajadores que tengan contratados.
¿QUÉ PASA CON LAS HORAS EXTRAS?
Las empresas deberán continuar registrando las horas extraordinarias de sus trabajadores en caso de haberlas. Eso sí, no quiere decir que la empresa esté obligada a pagarlas. Según la ley, el número máximo de horas extraordinarias al año a realizar por un trabajador es de 80. Además, las horas extra se podrán abonar económicamente (nunca con una cuantía inferior a la hora ordinaria) o compensar con un descanso.
¿CUÁNDO EMPEZARÁN A MULTAR?
El incumplimiento de la obligación de registrar la jornada puede acarrear multas desde los 626 a los 6.250 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. No está claro cuando comenzarán las multas.
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Herencias: ¿Cuándo debo pagar los impuestos?
Los abogados de Euriux son especialistas en Herencias, Donaciones e Impuestos de Sucesiones aplicando una metodología de trabajo basada en la profesionalidad, exclusividad del caso y la experiencia para llevar a cabo de forma efectiva todos los trámites. Nuestro único fin es el de de ayudar al cliente ofreciendo las mejores soluciones durante la tramitación del proceso.
En Euriux Abogados llevamos más de 40 años en la gestión y la tramitación de Herencias a nivel nacional garantizando la adjudicación justa y eficaz de su herencia.
¿Cuándo hay que pagar?
El plazo para hacer frente al impuesto de sucesiones es de seis meses a contar desde el fallecimiento. Sin embargo, es posible solicitar una prórroga de otros seis meses adicionales si se pide antes de que transcurran los primeros cinco meses.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en España es el que determina la fiscalidad de las herencias y las entregas de dinero o bienes entre, por ejemplo, padres e hijos. Este impuesto directo tiene carácter progresivo y su gestión está cedida a las comunidades autónomas.
Cuando una persona fallece existen una serie de impuestos sobre la herencia que deja, del mismo modo que también habrá que pagar a Hacienda por la transmisión o donación de bienes o dinero de padres a hijos una vez se superan determinadas cantidades. Lo que ambos hechos tienen en común es que los dos tributan bajo el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, regulado por la Ley 29/1987, de 23 de diciembre , también conocida como ley del impuesto de sucesiones y donaciones, y por el reglamento del impuesto de sucesiones, marcado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Para las herencias y transmisiones mortis causa la base imponible se calculará a través del valor neto de la adquisición neta individual (de cada heredero para la herencia), entendida esta a efectos prácticos como el valor real de los bienes y derechos, menos las cargas y los gastos deducibles. El cambio viene con los seguros sobre la vida, donde lo que se tendrá en cuenta son las cantidades percibidas por el beneficiario, como veremos más adelante.
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