
¿Es legal notificar multas de tráfico por correo ordinario?
Hay algunas multas de tráfico que se reciben en el acto; otras a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV), sistema que permite recibir vía Internet las notificaciones de procedimientos sancionadores; y otras, las edicatales, por medio del Tablón de Sanciones de Tráfico de la DGT, más conocido como TESTRA, plataforma a la que tienen acceso todos los ciudadanos, sin necesidad de registrar un certificado o un DNI. Claro que, también se puede recibir la sanción por correo en el domicilio, aunque, para ello, deben de darse una serie de características para que esta sea válida.
Euriux Abogados como la red nacional de abogados especialista en materia vial, te explica qué procedimiento hay que seguir en caso de ser uno de los afectados.
Recubir una multa de trafico por correo ordinario, no da por sí validez en ningún modo. De hecho, desde Automovilistas Europeos Asociados advierten también de que el motivo de envío de estas multas por correo ordinario buscando que el propio automovilista se dé por enterado presentando recurso o pagando “es un error en el que incurren también muchas empresas quitamultas y compañías aseguradoras, al sugerir a sus clientes que se den por enterados de notificaciones que no cumplen la ley y que posteriormente se publican a través de boletines oficiales”.