¿En qué consiste el ERTE de fuerza mayor parcial?
El Boletín Oficial del Estado publica hoy el Real Decreto -ley 18/2020 por el que el expediente de regulación temporal de empleo para las empresas (ERTE) se alarga hasta el 30 de junio. El decreto aprobado, fruto del acuerdo entre Gobierno, sindicatos y empresarios, contempla una prórroga de los ERTEs de fuerza mayor derivados del Covid-19, ya sea por fuerza mayor total (sin reinicio de la actividad) o parcial (recuperación de una parte de la actividad). En este último caso, se señala que, a la hora de reincorporar trabajadores a la actividad, se primarán los ajustes vía reducción de jornada.
En Euriux Abogados como la primera red nacional de abogados en España con más de 25 años de experiencia, te damos hoy las claves de un acuerdo que facilitará la transición de ERTEs de fuerza mayor a ERTEs por causas organizativas, técnicas, económicas o de producción. A los ERTEs por causas organizativas, económicas, técnicas o de producción que se inicien tras la entrada en vigor de este nuevo decreto y hasta el 30 de junio les serán de explicación las características especiales establecidas en la regulación del 17 de marzo. Se permitirá además que estos últimos se tramiten mientras estén vigente un ERTE de fuerza mayor.
¿Puede mantenerse si se reinicia la actividad?
Se crea la figura del ERTE por fuerza mayor parcial, con exenciones de cotización que priman las reducciones de jornada por encima de las suspensiones.
- Las empresas que reinicien la actividad con reducciones de jornada podrán descontarse el 85 % de las cuotas de mayo y el 70 % de las de junio si tienen menos de 50 trabajadores, y el 60 % de las de mayo y el 45 % de las de junio si tienen más empleados.
- Las empresas que reanuden la actividad, pero mantengan a trabajadores en suspenso, podrán descontarse el 60 % de las cuotas de mayo y el 45 % de las de junio si tienen menos de 50 trabajadores y el 45 % de las cuotas de mayo y el 30 % de las de junio si tienen más empleados.
¿Se mantiene por fuerza mayor aunque desaparezca el estado de alarma?
Sí. En virtud del acuerdo firmado con patronal y sindicatos, los ERTE por fuerza mayor se vinculan a las causas que impidan el reinicio de la actividad «mientras duren las mismas y en ningún caso más allá del 30 de junio de 2020», desligándolos así de la duración del estado de alarma. De esta forma, las empresas que no puedan volver todavía a la actividad siguen exoneradas del 100 % de las cuotas sociales si tienen menos de 50 trabajadores y del 75 % si emplean a más.
Sus trabajadores continuarán percibiendo la prestación por desempleo sin periodo de carencia ni consumir paro hasta el 30 de junio, salvo en el caso de fijos-discontinuos que lo percibirán hasta el 31 de diciembre.
¿Qué es un ERTE por fuerza mayor?
Un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor permite suspender los contratos o reducir la jornada de los trabajadores por falta de actividad derivada de circunstancias extraordinarias, y puede contar con ayudas públicas.
Hasta que llegó el coronavirus la fuerza mayor había estado asociada a catástrofes naturales. El 17 de marzo se aprobó por decreto ley que todos los ERTE que tuvieran su causa directa en pérdidas de actividad por las medidas para frenar el COVID-19, como la declaración del estado de alarma, tendrían la consideración de fuerza mayor.
¿Pueden repartir dividendos la empresa?
No podrán acogerse a ERTE por fuerza mayor las empresas con domicilio fiscal en paraísos fiscales ni las que repartan dividendos en el ejercicio fiscal en el que se aplique el ERTE, salvo que tengan menos de 50 empleados.
¿Me pueden despedir durante esta etapa?
En el decreto se flexibiliza esta cláusula, aunque no desaparece. El cómputo de seis meses empezará a contar desde la incorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el ERTE, aun cuando éste sea parcial o sólo afecte a parte de la plantilla. Este compromiso de mantenimiento del empleo se considerará incumplido si se despide a cualquier trabajador afectado por el ERTE. Hay excepciones (despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad total, absoluta o gran invalidez y extinción de un contrato temporal por finalización de su vigencia o por el fin de la obra o servicio contratado). En el caso de incumplimiento de esta cláusula, las empresas deberán devolver todas las cuotas de las que fueron exoneradas, con recargo e intereses de demora.
En el texto se especifica que este compromiso de mantener el empleo seis meses después de reanudar la actividad no será de aplicación a aquellas empresas que tengan riesgo de entrar en concurso de acreedores según los términos establecidos en el artículo 5.2 de la Ley Concursal.
Read MoreERTE: ¿Puedo trabajar si la empresa retoma su actividad?
Las empresas que hayan recurrido a un ERTE por la crisis sanitaria y que van retomando su actividad podrán sacar del ERTE, incluso a tiempo parcial, al personal que necesiten. Esto facilitará la situación a muchos pequeños y medianos empresarios con la incorporación de los trabajadores.
Esta es una de las preguntas más recurrentes de los últimos días con el comienzo de la fase 0 de la desescalada aprobada por el Gobierno. Para este martes, se espera que el consejo de Ministros adopte nuevas medidas sobre los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y la introducción de nuevas medidas de ayuda.
Hoy conocemos el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, un programa que establece los principales parámetros e instrumentos para el levantamiento de las medidas establecidas en el Real Decreto de Estado de Alarma.
En Euriux Abogados como la primera red nacional de abogados en España con 25 años de antigüedad, vamos a hacer un resumen de las principales medidas y resolver muchas dudas qu todavía están en el aire y que afectan a las empresas y sus trabajadores.
¿Puedo salir de mi municipio a comprar un producto?
A partir de la fase 0 se permiten las compras en comercios minoristas de menos de 400 metros cuadrados y dentro de un mismo municipio, con ciertas medidas de higiene y seguridad y en ciertas franjas horarias preferentes para los mayores de 65 años. Pero si se tiene que adquirir un producto que no existe en el municipio se podrán realizar desplazamientos fuera del mismo.
¿Qués es un grupo reducido que puede reunirse en la fase 1?
Un grupo reducido contiene un máximo de 10 personas, siempre y cuando no sean personas vulnerables. A partir de la fase 1 se pueden reunir, siempre guardando la distancia social de aproximadamente 2metros y manteniendo las medidas de higiene y seguridad.
¿Puedo hacer una reforma en casa?
A partir de la fase 0 se autoriza la realización de obras de rehabilitación de lugares no cerrados bajo determinadas condiciones de seguridad. También se permiten las reformas de inmuebles siempre y cuando estén vacíos y no se tenga contacto con los vecinos.
¿Cuándo podré ir a mi segunda residencia dentro de la misma provincia?
Tal y como se contempla en el Plan de Transición hacia la Nueva Normalidad, las visitas a segundas residencias dentro de la provincial en la que se ubica el domicilio actual estarán permitidas desde la fase 2.
¿Qué debo hacer para reclamar una compra no recibida en internet?
El vendedor tiene un plazo máximo de 30 días, a partir de la compra, para entregar el producto salvo que hubieseis acordado otro plazo de entrega distinto. Si el plazo no ha sido respetado por parte del vendedor, tienes derecho a renunciar a tu compra y deberá reembolsarte el dinero.
Tenía un viaje y no lo he podido hacer por el estado de Alarma, ¿que puedo hacer?
Si tu viaje era un viaje combinado organizado por una agencia de viajes, esta puede optar por reembolsarte el dinero u ofrecerte un bono alternativo por importe igual o superior a tu compra. Tienes un año para hacer uso de ese bono. Si no lo usas en un año, la empresa debe reembolsarte el dinero. Durante este tiempo, si los proveedores de la agencia reintegran su parte correspondiente a la agencia, esta debe reembolsarte esos importes y reducir esa cantidad del valor del bono que haya ofrecido.
Fallece un familliar y detectas que los precios del servicio funerario son excesivos…
Debes ponerlo en conocimiento de las autoridades de Consumo de tu comunidad autónoma. Si un servicio funerario te ha cobrado por encima del precio establecido como máximo, tienes derecho a que te reembolsen la diferencia. El precio máximo para estos servicios es el que se estableciera antes de la declaración del estado de alarma.
En el caso de que la persona fallecida contara con un seguro de vida y deceso que incluyese servicios funerarios que no se han podido prestar, los herederos podrán pedir el reembolso de sus servicios,
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