
Las consecuencias de simular un accidente para ‘engañar’ a la aseguradora
La sección primera de la Audiencia de Ciudad Real ha condenado a un año de cárcel y multa de siete meses a razón de doce euros diarios a un vecino de Manzanares, al que consideraran culpable de intento de estafa procesal en concurso medial con falsedad documental, por simular un accidente: intentó hacer pasar una caída accidental de su moto por un choque con otro vehículo para cobrar unos 17.000 euros de la aseguradora contraria.
La sentencia, que se ha notificado este mes a las partes, ordena además que se deduzca testimonio y se procese por presunto falso testimonio a la persona, un amigo del acusado, que firmó el parte amistoso de un accidente en el que ni siquiera estuvo, según el tribunal.
El accidentado inició el pleito
El acusado, que ha recurrido, (la sentencia todavía no es firme), deberá pagar las costas procesales de un pleito que inició él mismo en 2016, un año después del accidente. El caso se juzgó en enero en la Audiencia Provincial de Ciudad Real (se ha notificado tan tarde por los retrasos de la huelga de secretarios judiciales de primeros de año).
El tribunal declara probado que circulaba solo con su motocicleta Yamaha el 2 de mayo del año 2015 por una carretera de Horcajo de los Montes cuando se salió de la vía (sobre las cinco y cuarto de la tarde), “sin que en ello interviniera otro vehículo”, y después del accidente se compinchó con un amigo, propietario de un turismo asegurado por Plus Ultra, para obtener un beneficio ilícito. Ambos firmaron un parte amistoso como que el accidente había sido un choque. Como la compañía no lo consideró así al principio, un año después en 2016 presentó la demanda que ha dado pie a este juicio penal por estafa procesal en la Audiencia.
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Anulan la incapacidad de una oficial de Policía, con la asistencia jurídica de Euriux Toledo
Una sentencia de la sala de lo contenciosos administrativo de la Audiencia Nacional de Madrid ha anulado la declaración de jubilación permanente de una oficial del Cuerpo Nacional de Policía que padecía problemas de hipoglucemia como consecuencia del nacimiento de su segunda hija, a sus 38 años de edad.
El abogado Luis Pintado de la sede en Toledo de Euriux Abogados ha sido el encargado de defender los intereses de esta funcionaria del Estado que retomará su trabajo después de un proceso judicial que arrancó en 2020.
El Tribunal Médico de la Policía Nacional declaró en aquel entonces la jubilación por incapacidad permanente en base a un informe en el que hacia constar que la funcionaria padecía “crisis hipoglucemias sin filiación” sometidas a “tratamiento dietéticos” y con una posible evolución persistente de crisis hipoglucemicas que imposibilitaban la función de su servicio. La demandante al dar a luz a su segunda hija, con 38 años de edad, tuvo que prolongar el proceso de lactancia como consecuencia de una enfermedad de su hija con un cuadro médico de intolerancia de alimentos.
La Audiencia Nacional considera que hay una falta de motivación en el dictamen del Tribunal Médico de la Policía Nacional respecto al informe médico. Unos meses antes se denegó su pase a la jubilación anticipada quedando pendiente de una segunda revisión en un plazo de 7 meses.
La demandada presentó un informe pericial en sus alegaciones haciendo constar que esta crisis de hipoglucemia era un trastorno estacional y transitorio que finalizaría tras la lactancia de su hija al padecer diabetes su hija,como así sucedió tras un informe médico de su pediatra.
El Tribunal Médico sentenció que esas alegaciones no eran razón para desvirtuar la propuesta de incapacidad para su trabajo.
La Audiencia da la razón a la funcionaria del cuerpo policial ya que los informes emitidos de parte no se incorporaron a su expediente administrativo. En consecuencia. la Sala asegura en su fallo que “la declaración de incapacidad carece del presupuesto que en este sentido imponen las normas que la regulan”
“Puara todos los compañeros que llevan tema de daño corporal y de informes médicos periciales para valoración de incapacidades, aporta algunos elementos muy importantes” ha asegurado Luis Pintado.
“Esta sentencia tiene relevante el hecho de que un informe pericial de parte, no solo supone cargarse el informe objetivo de un funcionario público a través del equipo de valoración, de incapacidades o del tribunal médico, sino que el tribunal afirma todo aquello que el informe pericial de parte dice”,señala el abogado.
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Las novedades en la Declaración de la renta
La declaración de la renta es un trámite que se realiza cada año para que los contribuyentes ‘ajusten’ cuentas con Hacienda. Se trata de una revisión de los impuestos pagados durante el último año fiscal, concretamente del impuesto sobre la renta física de las personas (IRPF), en función de los beneficios, gastos e ingresos registrados en el año fiscal. Estos impuestos se van pagando a través de las retenciones o declaraciones trimestrales (en el caso de los autónomos), pero cuando comienza la campaña de la renta, lo que se hace es una liquidación para calcular los impuestos que se deberían haber pagado; esta cantidad se resta a los que efectivamente ya se han pagado y la diferencia es la que se debe abonar a las arcas públicas… o recibir, en caso de que se haya pagado impuestos ‘de más’. La campaña de 2023 (que afecta al año fiscal previo, es decir, a 2022) arranca este martes, 11 de abril, momento desde el cual se puede empezar a presentar la declaración. Eso sí, ni estás obligado a hacerlo ya ni es necesario: desde la OCU piden paciencia para confeccionar la declaración, para poder atender a todos los posibles errores —y los gestores administrativos advierten de que el 35% de los borradores contienen errores—. Aun así, desde este 11 de abril ya se puede, al menos, presentarla de manera telemática por Internet sin ayuda desde la Agencia Tributaria.
Novedades en la Renta
Como cada año, los ciudadanos tienen que presentar sus ingresos, gastos y bienes inmobiliarios a la Agencia Tributaria y en el caso de que el resultado sea positivo, pagar a Hacienda la diferencia. No obstante, las nuevas modificaciones de este año han cambiado determinados puntos de las regulaciones anteriores en temáticas clave como las pensiones privadas, las deducciones por maternidad y las nuevas ayudas para los alquileres. Estas son las novedades de la renta que afectan al año fiscal de 2022:
• Deducciones por maternidad • Ayuda de 200 euros • Bono Cultural • Ayudas públicas para alquiler • Beneficios para los contribuyentes de La Palma • Planes privados de pensiones • Criptomonedas.
No estarán obligados a declarar los contribuyentes que reciben rentas de menos de 15.000 euros y que procedan de más de un pagador. Hasta ahora, el límite se establecía en los 14.000 euros anuales, por lo que hubiera afectado a todos aquellos que ganaban el salario mínimo y que, hasta el 1 de enero de 2023, estaba fijado en 1.000 euros al mes en 14 pagas.
Las personas que tienen dos o más pagadores y es para el caso de que los ingresos obtenidos del segundo y del resto de pagadores no alcancen la cantidad de 1.500 euros en total obtenidos en todo el año 2022. Si eso sucede, no se les aplicaría la cantidad de 15.000 euros, sino que se regirían por el límite general que establece el baremo en 22.000 euros anuales.
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Euriux Abogados: los servicios jurídicos a la carta
Euriux Abogados es un despacho de abogados ubicado en Madrid, que ofrece servicios legales en diversas áreas del derecho. El despacho se enfoca en brindar una atención personalizada y de alta calidad a sus clientes, con el objetivo de encontrar soluciones legales efectivas y adaptadas a sus necesidades.
La red de Euriux Abogados la componen 52 despachos en todo el territorio nacional. 300 Abogados especialistas en todas las áreas trabajando como una sola firma. Y nuestra experiencia suma ya más de 25 años al servicio de nuestras empresas y clientes como una de las redes de abogacía colaborativa más efectiva del país.
Entre las áreas de especialización de Euriux Abogados se encuentran el derecho mercantil, fiscal, laboral, civil y penal. El despacho cuenta con un equipo de abogados altamente capacitados y experimentados en cada una de estas áreas, lo que les permite brindar un asesoramiento integral y especializado a sus clientes.
Además, Euriux Abogados se distingue por su compromiso con la innovación y la tecnología, lo que les permite ofrecer soluciones más eficientes y adaptadas a las necesidades de sus clientes. El despacho cuenta con herramientas tecnológicas avanzadas para el análisis y gestión de casos, lo que les permite ofrecer soluciones legales más rápidas y eficaces.
Euriux Abogados es un despacho de abogados de Madrid especializado en diversas áreas del derecho, comprometido con ofrecer una atención personalizada y de alta calidad a sus clientes, y con utilizar la tecnología para brindar soluciones más eficientes y adaptadas a las necesidades de sus clientes.
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Cártel de Coches: sentencias favorables al consumidor
La mayor parte de las sentencias que los juzgados de lo Mercantil han comenzado a dictar en relación con el llamado ‘cártel de coches’ por pactar precios son favorables a los perjudicados. Se prevé que la ola de denuncias siga creciendo ¿Compró usted un vehículo entre febrero de 2006 y agosto de 2013? Si la respuesta es que sí, podría tener derecho a una indemnización.
Una indemnización que puede oscilar entre el 5 y el 10% del precio que pagaron. A lo largo del año 2021, el Tribunal Supremo confirmó en 13 sentencias la existencia de un cártel que agrupó a prácticamente todas las marcas de coches en el Estado, ya que tenían una cuota de mercado superior al 90%. El tema viene de lejos, puesto que, en 2015, y tras una larga investigación, la CNMC sancionó con 171 millones de euros a veintiuna empresas fabricantes y distribuidoras de marcas de automóviles, así como a dos empresas consultoras.
Estas fueron las sanciones emitidas por la CNMC, la mayor parte de las cuales ha sido ratificada por los tribunales: 1. Automóviles Citroën España: 14,7 millones de euros. 2. B&M Automóviles España: 776.012 euros 3. BMW Ibérica: 8 millones de euros 4. Chevrolet España: 138.580 euros 5. Chrysler España: 265,5 euros 6. Fiat Group Automobiles Spain S.A.: 6,9 millones de euros 7. Ford España: 20,234 millones de euros 8. General Motors España: 22,8 millones de euros 9. Honda Motor Europe: 609.325 euros 10. Hyundai Motor España: 4,4 millones de euros 11. Kia Motor Iberia: 2 millones de euros 12. Mazda Automóviles España: 656.390 euros 13. Mercedes Benz España: 2,3 millones de euros 14. Nissan Iberia: 3,157 millones de euros 15. Peugeot España: 15,722 millones de euros 16. Renault España: 18,203 millones de euros 17. Snap-on Business Solutions, S.L.: 52.785 euros 18. Toyota España: 8,6 millones de euros 19. Urban Science España: 70.039 euros 20. Volvo Car España.: 1,7 millones de euros
¿A qué tipo de vehículos implica?
En principio, las reclamaciones se están centrando tanto en vehículos nuevos como en los llamados kilómetro cero y de gerencia. Podría pensarse que si en el mercado de vehículos nuevos el cártel operó a los niveles citados, también habría afectado los vehículos de segunda mano. Si una persona compró un vehículo en el plazo en que el cártel estuvo operativo (no todas las marcas formaron parte durante todo el tiempo), aunque después lo hubiera vendido, también podría reclamar.
¿Cómo reclamar?
Para presentar una reclamación, haría falta disponer de la factura o de un justificante de pago en que figure la cuantía que se abonó por el vehículo, así como la documentación referida a las características técnicas del mismo.
Posible indemnización
En las primeras sentencias favorables rondan entre el 10 y 15 por cien del valor del vehiculo. Plazos En junio de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que el plazo para reclamar una indemnización es de cinco años a computar desde las correspondientes sentencias dictadas a lo largo de 2021, por lo que las personas damnificadas podrían presentar sus solicitudes hasta 2026.
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La Ley de la Segunda Oportunidad: exonerado de pagar 2,4 millones
Un juzgado madrileño ha exonerado del pago de 2,8 millones de euros a un particular tras haberse declarado en concurso de acreedores de persona física, en aplicación del sistema de Segunda Oportunidad incluido en la reciente reforma de la ley concursal.En una sentencia fechada el pasado 15 de noviembre a la que ha tenido acceso EFE, el juzgado de lo mercantil nº 1 de Madrid exonera al particular del pago de 2,8 millones de euros -de los cuales 2,4 eran créditos ordinarios y algo más de 360.000 euros créditos subordinados-, que adeudaba entre otros al Santander (BME:SAN) y CaixaBank (BME:CABK).El magistrado constata en su sentencia que el particular, cumplía con todos los requisitos para acogerse a este sistema, ya que era una persona natural y obró de buena fe, y el concurso concluyó por liquidación o insuficiencia de la masa activa.
Para dar por hecha la “buena fe” del deudor, recuerda el juzgado, el concurso no debe ser declarado culpable, extremo que confirmó el administrador concursal, y el deudor no puede haber sido condenado en sentencia firme, requisitos que cumplía el particular.
Requisitos para una segunda oportunidad
Toda persona, tanto persona física como autónomo que no puede cumplir realmente con los pagos establecidos. En Euriux Abogados encontrarás la solución a tus problemas en nuestra red nacional compuesta por 52 despachos en España y sede en Portugal.
Que no hayan sido condenados con una sentencia firme a través de delitos como contra el patrimonio, contra Hacienda o la Seguridad Social por falsedad documental.
Tampoco pueden acogerse a esta ley los que hayan sido sancionados por Hacienda, con infracciones graves.No se debe haber solicitado un derecho similar en los últimos cinco años.
Ni tampoco haber sido declarado culpable si hubo un concurso de acreedores.Además de ser un proceso más rápido será también más económico.
No hay que pasar por la notaría, que un mediador concursal estuviera presente y muchos otros pasos más que encarecían el proceso. Se dice que nos estaremos ahorrando casi un 30% y esa es una buena noticia.
Además, en poco más de un año tendrás todo el problema resuelto. Se dice que puede tardar hasta 18 meses pero es más habitual que en menos de un año esté listo.
Las deudas que puedes llegar a cancelar con Hacienda asciende a los 10.000 euros y con la Seguridad Social también la misma cantidad. Por lo que en total podrás olvidarte de 20.000 euros. Sobre todo para aquellos empresarios autónomos que están bastante ahogados, supone una gran ventaja.
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Una sentencia permite a los autónomos deducirse el IVA de los gastos de su vivienda habitual
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) emitió una sentencia en la que permitieron a una pareja de autónomos deducirse el 50% de los gastos de suministro de su hogar, ya que utilizaban la mitad de la vivienda como despacho profesional. La decisión del tribunal andaluz sienta jurisprudencia sobre lo que, hasta ahora, no se consideraban gastos deducibles y sienta las bases para que los autónomos puedan deducirse los gastos del hogar.
Los expertos indican que será en el mismo porcentaje de uso de la vivienda para el desarrollo de la actividad profesional. Según indica Declarando, la plataforma online de asesoramiento fiscal para los autónomos, el artículo 95 de la Ley del IVA limita el derecho de los autónomos a deducirse el IVA de sus gastos a que estos estén al 100% relacionados con la actividad. Hacienda, afirman los asesores, interpretaba que los gastos en facturas de luz, agua, electricidad o, entre otros, internet; no aplicaban sobre el 100% de la actividad del autónomo, por lo que estos no podrían deducirse el IVA de estas actividades.
La pareja de autónomos demostró tanto que las facturas de su contrato de alquiler estaban a nombre de los inquilinos, es decir, de ellos mismos, como que utilizaban el 50% de la vivienda como espacio de trabajo, por lo que se pudieron deducir el 50% de los gastos en suministros. Existen gastos de la vivienda que, de manera similar a la sentencia elaborada por el TSJA, se pueden desgravar hasta el 30% de los gastos de la vivienda a través del IRPF. Es decir, que un autónomo que use el 10% de su vivienda para su actividad profesional, podrá desgravar el 30% de los gastos generados por ese espacio de la casa (10%) que es usado para trabajar.
Los expertos de Declarando indican que la sentencia abre la puerta a que los autónomos puedan deducirse los gastos de la vivienda. Aunque, apuntan, “en el mismo porcentaje del usado para trabajar”. Esto quiere decir, resaltan, que si el autónomo dedica el 50% de su vivienda a su actividad profesional y la cuota de IVA de luz es 21 euros, podrías deducirte la mitad del IVA, unos 11,55 euros.
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Los juzgados avalan la ley de la Segunda Oportunidad
Los jueces vienen aplicando ya el mecanismo de la Segunda Oportunidad a muchas afectados que han decidido acudir a la Justicia para resolver sus deudas.
Una nueva resolución que “perdona” a una sevillana del pago de importantes deudas por la ley de Segunda Oportunidad. La Sección Segunda el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha exonerado a una mujer de Sevilla de la totalidad de sus créditos que había contraído como fiadora de las operaciones de la empresa familiar, por un importe de más de 600.000 euros. La esposa, actualmente empleada por cuenta ajena, había avalado la mayoría de las operaciones empresariales de su esposo y se encontraba con su nómina embargada.
Otra de las sentencias que se han conocido esta misma semana ha perdonado una importante deuda a un empresario en Lleida.
El magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº6 de Lleida, Eduardo M Enrech Larrea, ha perdonado una deuda de 1.376.041 euros a un empresario por la Ley de la Segunda Oportunidad. Era administrador de una entidad de construcción que se vio afectada de forma directa por el estallido de la burbuja inmobiliaria de 2008, lo que derivó en el impago generalizado a sus clientes.
¿Cómo me puedo acoger a la Segunda Oportunidad?
Para poder optar al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho se requiere ser deudor de buena de fe y o bien someterse a un plan de pagos o bien liquidar el patrimonio y pagar hasta donde alcance, exonerando el resto de la deuda hasta los límites legales.
Además, el deudor no puede haber sido condenado por determinados delitos económicos; no haber sido sancionado por resolución administrativa por infracciones tributarias, de seguridad social o del orden social muy graves o no haberse dirigido frente a él una derivación de responsabilidad por dichas deudas; no haber sido declarado culpable el concurso de acreedores ni haberlo sido en años anteriores; así como otras cuestiones que denotan haber actuado de buena fe.
En Euriux Abogados te resolvemos tus dudas. Contamos con 52 despachos de abogados en España y 300 especialistas con más de 25 años de experiencia en el sector legal. Infórmate en nuestra web o llamando por teléfono.
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Resolvemos tus dudas con la Ley de la Segunda Oportunidad
Los primeros autos concediendo la exoneración del pasivo insatisfecho a deudores personas físicas conforme a la reciente reforma de la Ley Concursal ya son una realidad. Y en Euriux Abogados podemos dar cuenta de ello, a través de los diferentes asuntos que se han practicado.
Lo que pretende esta ley es ayudar a resolver esas deudas, que tanto autónomos como personas físicas. Es decir que puede que se cancelen todas esas deudas que se tienen pendientes y que no se pueden pagar. De ahí que se le denomine como una segunda oportunidad para quien tiene que hacer frente a unos pagos cuando no tiene dinero para cumplir con ellos.
En algunos casos, en lugar de la cancelación total, también existe un plan de pagos mucho más asequible y que vaya acorde a la situación económica de cada uno
.¿Quiénes pueden acogerse a esta ley?
Toda persona, tanto persona física como autónomo que no puede cumplir realmente con los pagos establecidos.
- Que no hayan sido condenados con una sentencia firme a través de delitos como contra el patrimonio, contra Hacienda o la Seguridad Social por falsedad documental.
- Tampoco pueden acogerse a esta ley los que hayan sido sancionados por Hacienda, con infracciones graves.
- No se debe haber solicitado un derecho similar en los últimos cinco años.
- Ni tampoco haber sido declarado culpable si hubo un concurso de acreedores.
Además de ser un proceso más rápido será también más económico. No hay que pasar por la notaría, que un mediador concursal estuviera presente y muchos otros pasos más que encarecían el proceso. Se dice que nos estaremos ahorrando casi un 30% y esa es una buena noticia.
Además, en poco más de un año tendrás todo el problema resuelto. Se dice que puede tardar hasta 18 meses pero es más habitual que en menos de un año esté listo.
Las deudas que puedes llegar a cancelar con Hacienda asciende a los 10.000 euros y con la Seguridad Social también la misma cantidad. Por lo que en total podrás olvidarte de 20.000 euros. Sobre todo para aquellos empresarios autónomos que están bastante ahogados, supone una gran ventaja.
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Euriux Abogados te cancela tus deudas con la ley de segunda oportunidad
Euriux Abogados, la red nacional de abogados con 52 despachos en España y 300 abogados a tu servicio trabajando como una sola firma, te da una segunda oportunidad para poder cancelar tus deudas. La nueva Ley de Segunda Oportunidad te garantiza poder resolver tus problemas económicos a través de una sentencia judicial.
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) es un proceso judicial incardinado del proceso concursal por el cual cualquier persona, empresaria o no, puede cancelar una parte o la totalidad de sus deudas.Se trata de una herramienta que ayuda a dejar atrás una situación económica complicada, bien mediante un plan de pagos acorde con la capacidad económica del deudor, bien tras la liquidación del activo del mismo.
¿Cuáles son los requisitos de la Segunda Oportunidad?
Para poder optar al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho se requiere ser deudor de buena de fe y o bien someterse a un plan de pagos o bien liquidar el patrimonio y pagar hasta donde alcance, exonerando el resto de la deuda hasta los límites legales.Además, el deudor no puede haber sido condenado por determinados delitos económicos; no haber sido sancionado por resolución administrativa por infracciones tributarias, de seguridad social o del orden social muy graves o no haberse dirigido frente a él una derivación de responsabilidad por dichas deudas; no haber sido declarado culpable el concurso de acreedores ni haberlo sido en años anteriores; así como otras cuestiones que denotan haber actuado de buena fe.
Alcance de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho
.La exoneración alcanza a todas las deudas con varias excepciones: la nacidas de responsabilidad civil extracontractual e indemnizaciones derivadas de accidente trabajo y enfermedad profesional; las derivadas por responsabilidad civil de un delito; las deudas por alimentos; parte de las deudas salariales; multas en procesos penales y sanciones administrativas muy graves, aquellas que cuenten con garantía real hasta su límite y las deudas por créditos de derecho público y a la seguridad social superiores a los 15.000.
¿Qué ofrece Euriux Abogados a los afectados?
Euriux Abogados es la red de abogados con más de 25 años al servicio de nuestros clientes y empresas. Desde nuestra oficina principal en Madrid gestionamos todos los asuntos legales con la capacidad de nuestra red de abogados para acudir a cualquier juzgado del territorio nacional.
Si estás interesado en recibir más información ponemos a tu disposición nuestros canales de comunicación. A través de nuestro formulario de contacto en nuestra web y una línea de teléfono exclusiva para la ley de la Segunda Oportunidad llamando al 91 636 09 52.
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