Los juzgados avalan la ley de la Segunda Oportunidad
Los jueces vienen aplicando ya el mecanismo de la Segunda Oportunidad a muchas afectados que han decidido acudir a la Justicia para resolver sus deudas.
Una nueva resolución que “perdona” a una sevillana del pago de importantes deudas por la ley de Segunda Oportunidad. La Sección Segunda el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha exonerado a una mujer de Sevilla de la totalidad de sus créditos que había contraído como fiadora de las operaciones de la empresa familiar, por un importe de más de 600.000 euros. La esposa, actualmente empleada por cuenta ajena, había avalado la mayoría de las operaciones empresariales de su esposo y se encontraba con su nómina embargada.
Otra de las sentencias que se han conocido esta misma semana ha perdonado una importante deuda a un empresario en Lleida.
El magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº6 de Lleida, Eduardo M Enrech Larrea, ha perdonado una deuda de 1.376.041 euros a un empresario por la Ley de la Segunda Oportunidad. Era administrador de una entidad de construcción que se vio afectada de forma directa por el estallido de la burbuja inmobiliaria de 2008, lo que derivó en el impago generalizado a sus clientes.
¿Cómo me puedo acoger a la Segunda Oportunidad?
Para poder optar al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho se requiere ser deudor de buena de fe y o bien someterse a un plan de pagos o bien liquidar el patrimonio y pagar hasta donde alcance, exonerando el resto de la deuda hasta los límites legales.
Además, el deudor no puede haber sido condenado por determinados delitos económicos; no haber sido sancionado por resolución administrativa por infracciones tributarias, de seguridad social o del orden social muy graves o no haberse dirigido frente a él una derivación de responsabilidad por dichas deudas; no haber sido declarado culpable el concurso de acreedores ni haberlo sido en años anteriores; así como otras cuestiones que denotan haber actuado de buena fe.
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