La segunda oportunidad o como acabar con tus deudas
La ley de segunda oportunidad tiene por objetivo ayudar a personas físicas y autónomos en situación de insolvencia a reestructurar sus deudas y tener una segunda oportunidad para recuperar su situación financiera.
Para poder acogerse a esta ley es preciso ser persona física o autónomo y uno se debe encontrar en situación de insolvencia. También pueden acceder a ella los deudores que demuestren haber actuado de buena fe en todo momento y que ha intentado llegar a acuerdos de pago con sus acreedores.
Toda persona, tanto persona física como autónomo que no puede cumplir realmente con los pagos establecidos.
- Que no hayan sido condenados con una sentencia firme a través de delitos como contra el patrimonio, contra Hacienda o la Seguridad Social por falsedad documental.
- Tampoco pueden acogerse a esta ley los que hayan sido sancionados por Hacienda, con infracciones graves.
- No se debe haber solicitado un derecho similar en los últimos cinco años.
- Ni tampoco haber sido declarado culpable si hubo un concurso de acreedores.
Además de ser un proceso más rápido será también más económico. No hay que pasar por la notaría, que un mediador concursal estuviera presente y muchos otros pasos más que encarecían el proceso. Se dice que nos estaremos ahorrando casi un 30% y esa es una buena noticia.
Además, en poco más de un año tendrás todo el problema resuelto. Se dice que puede tardar hasta 18 meses pero es más habitual que en menos de un año esté listo.
Las deudas que puedes llegar a cancelar con Hacienda asciende a los 10.000 euros y con la Seguridad Social también la misma cantidad. Por lo que en total podrás olvidarte de 20.000 euros. Sobre todo para aquellos empresarios autónomos que están bastante ahogados, supone una gran ventaja.
Read MoreLa Ley de la Segunda Oportunidad: exonerado de pagar 2,4 millones
Un juzgado madrileño ha exonerado del pago de 2,8 millones de euros a un particular tras haberse declarado en concurso de acreedores de persona física, en aplicación del sistema de Segunda Oportunidad incluido en la reciente reforma de la ley concursal.En una sentencia fechada el pasado 15 de noviembre a la que ha tenido acceso EFE, el juzgado de lo mercantil nº 1 de Madrid exonera al particular del pago de 2,8 millones de euros -de los cuales 2,4 eran créditos ordinarios y algo más de 360.000 euros créditos subordinados-, que adeudaba entre otros al Santander (BME:SAN) y CaixaBank (BME:CABK).El magistrado constata en su sentencia que el particular, cumplía con todos los requisitos para acogerse a este sistema, ya que era una persona natural y obró de buena fe, y el concurso concluyó por liquidación o insuficiencia de la masa activa.
Para dar por hecha la “buena fe” del deudor, recuerda el juzgado, el concurso no debe ser declarado culpable, extremo que confirmó el administrador concursal, y el deudor no puede haber sido condenado en sentencia firme, requisitos que cumplía el particular.
Requisitos para una segunda oportunidad
Toda persona, tanto persona física como autónomo que no puede cumplir realmente con los pagos establecidos. En Euriux Abogados encontrarás la solución a tus problemas en nuestra red nacional compuesta por 52 despachos en España y sede en Portugal.
Que no hayan sido condenados con una sentencia firme a través de delitos como contra el patrimonio, contra Hacienda o la Seguridad Social por falsedad documental.
Tampoco pueden acogerse a esta ley los que hayan sido sancionados por Hacienda, con infracciones graves.No se debe haber solicitado un derecho similar en los últimos cinco años.
Ni tampoco haber sido declarado culpable si hubo un concurso de acreedores.Además de ser un proceso más rápido será también más económico.
No hay que pasar por la notaría, que un mediador concursal estuviera presente y muchos otros pasos más que encarecían el proceso. Se dice que nos estaremos ahorrando casi un 30% y esa es una buena noticia.
Además, en poco más de un año tendrás todo el problema resuelto. Se dice que puede tardar hasta 18 meses pero es más habitual que en menos de un año esté listo.
Las deudas que puedes llegar a cancelar con Hacienda asciende a los 10.000 euros y con la Seguridad Social también la misma cantidad. Por lo que en total podrás olvidarte de 20.000 euros. Sobre todo para aquellos empresarios autónomos que están bastante ahogados, supone una gran ventaja.
Read MoreLos juzgados avalan la ley de la Segunda Oportunidad
Los jueces vienen aplicando ya el mecanismo de la Segunda Oportunidad a muchas afectados que han decidido acudir a la Justicia para resolver sus deudas.
Una nueva resolución que “perdona” a una sevillana del pago de importantes deudas por la ley de Segunda Oportunidad. La Sección Segunda el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha exonerado a una mujer de Sevilla de la totalidad de sus créditos que había contraído como fiadora de las operaciones de la empresa familiar, por un importe de más de 600.000 euros. La esposa, actualmente empleada por cuenta ajena, había avalado la mayoría de las operaciones empresariales de su esposo y se encontraba con su nómina embargada.
Otra de las sentencias que se han conocido esta misma semana ha perdonado una importante deuda a un empresario en Lleida.
El magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº6 de Lleida, Eduardo M Enrech Larrea, ha perdonado una deuda de 1.376.041 euros a un empresario por la Ley de la Segunda Oportunidad. Era administrador de una entidad de construcción que se vio afectada de forma directa por el estallido de la burbuja inmobiliaria de 2008, lo que derivó en el impago generalizado a sus clientes.
¿Cómo me puedo acoger a la Segunda Oportunidad?
Para poder optar al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho se requiere ser deudor de buena de fe y o bien someterse a un plan de pagos o bien liquidar el patrimonio y pagar hasta donde alcance, exonerando el resto de la deuda hasta los límites legales.
Además, el deudor no puede haber sido condenado por determinados delitos económicos; no haber sido sancionado por resolución administrativa por infracciones tributarias, de seguridad social o del orden social muy graves o no haberse dirigido frente a él una derivación de responsabilidad por dichas deudas; no haber sido declarado culpable el concurso de acreedores ni haberlo sido en años anteriores; así como otras cuestiones que denotan haber actuado de buena fe.
En Euriux Abogados te resolvemos tus dudas. Contamos con 52 despachos de abogados en España y 300 especialistas con más de 25 años de experiencia en el sector legal. Infórmate en nuestra web o llamando por teléfono.
Read MoreResolvemos tus dudas con la Ley de la Segunda Oportunidad
Los primeros autos concediendo la exoneración del pasivo insatisfecho a deudores personas físicas conforme a la reciente reforma de la Ley Concursal ya son una realidad. Y en Euriux Abogados podemos dar cuenta de ello, a través de los diferentes asuntos que se han practicado.
Lo que pretende esta ley es ayudar a resolver esas deudas, que tanto autónomos como personas físicas. Es decir que puede que se cancelen todas esas deudas que se tienen pendientes y que no se pueden pagar. De ahí que se le denomine como una segunda oportunidad para quien tiene que hacer frente a unos pagos cuando no tiene dinero para cumplir con ellos.
En algunos casos, en lugar de la cancelación total, también existe un plan de pagos mucho más asequible y que vaya acorde a la situación económica de cada uno
.¿Quiénes pueden acogerse a esta ley?
Toda persona, tanto persona física como autónomo que no puede cumplir realmente con los pagos establecidos.
- Que no hayan sido condenados con una sentencia firme a través de delitos como contra el patrimonio, contra Hacienda o la Seguridad Social por falsedad documental.
- Tampoco pueden acogerse a esta ley los que hayan sido sancionados por Hacienda, con infracciones graves.
- No se debe haber solicitado un derecho similar en los últimos cinco años.
- Ni tampoco haber sido declarado culpable si hubo un concurso de acreedores.
Además de ser un proceso más rápido será también más económico. No hay que pasar por la notaría, que un mediador concursal estuviera presente y muchos otros pasos más que encarecían el proceso. Se dice que nos estaremos ahorrando casi un 30% y esa es una buena noticia.
Además, en poco más de un año tendrás todo el problema resuelto. Se dice que puede tardar hasta 18 meses pero es más habitual que en menos de un año esté listo.
Las deudas que puedes llegar a cancelar con Hacienda asciende a los 10.000 euros y con la Seguridad Social también la misma cantidad. Por lo que en total podrás olvidarte de 20.000 euros. Sobre todo para aquellos empresarios autónomos que están bastante ahogados, supone una gran ventaja.
Read MoreEuriux Abogados te cancela tus deudas con la ley de segunda oportunidad
Euriux Abogados, la red nacional de abogados con 52 despachos en España y 300 abogados a tu servicio trabajando como una sola firma, te da una segunda oportunidad para poder cancelar tus deudas. La nueva Ley de Segunda Oportunidad te garantiza poder resolver tus problemas económicos a través de una sentencia judicial.
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) es un proceso judicial incardinado del proceso concursal por el cual cualquier persona, empresaria o no, puede cancelar una parte o la totalidad de sus deudas.Se trata de una herramienta que ayuda a dejar atrás una situación económica complicada, bien mediante un plan de pagos acorde con la capacidad económica del deudor, bien tras la liquidación del activo del mismo.
¿Cuáles son los requisitos de la Segunda Oportunidad?
Para poder optar al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho se requiere ser deudor de buena de fe y o bien someterse a un plan de pagos o bien liquidar el patrimonio y pagar hasta donde alcance, exonerando el resto de la deuda hasta los límites legales.Además, el deudor no puede haber sido condenado por determinados delitos económicos; no haber sido sancionado por resolución administrativa por infracciones tributarias, de seguridad social o del orden social muy graves o no haberse dirigido frente a él una derivación de responsabilidad por dichas deudas; no haber sido declarado culpable el concurso de acreedores ni haberlo sido en años anteriores; así como otras cuestiones que denotan haber actuado de buena fe.
Alcance de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho
.La exoneración alcanza a todas las deudas con varias excepciones: la nacidas de responsabilidad civil extracontractual e indemnizaciones derivadas de accidente trabajo y enfermedad profesional; las derivadas por responsabilidad civil de un delito; las deudas por alimentos; parte de las deudas salariales; multas en procesos penales y sanciones administrativas muy graves, aquellas que cuenten con garantía real hasta su límite y las deudas por créditos de derecho público y a la seguridad social superiores a los 15.000.
¿Qué ofrece Euriux Abogados a los afectados?
Euriux Abogados es la red de abogados con más de 25 años al servicio de nuestros clientes y empresas. Desde nuestra oficina principal en Madrid gestionamos todos los asuntos legales con la capacidad de nuestra red de abogados para acudir a cualquier juzgado del territorio nacional.
Si estás interesado en recibir más información ponemos a tu disposición nuestros canales de comunicación. A través de nuestro formulario de contacto en nuestra web y una línea de teléfono exclusiva para la ley de la Segunda Oportunidad llamando al 91 636 09 52.
Read MoreOtra deuda cancelada con la ley de segunda oportunidad
El Juzgado número 7 de Palencia ha dictado un auto por el que cancela una deuda de 262.503 euros en aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad. Los hechos arrancan cuando el matrimonio «montó un negocio con grandes ilusiones».
«Sin embargo, más tarde llegó la crisis. Intentaron aguantar todo lo posible para remontar la situación. Por desgracia, lo único que hicieron fue aumentar sus deudas. Cerraron y se quedaron con grandes pérdidas. Por este motivo, no tuvieron más remedio que empezar el proceso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad», añaden.
En la resolución judicial, que se puede recurrir, se recoge en los fundamentos de derecho que el matrimonio no tiene proceso penal alguno pendiente.
Los deudores celebraron el acuerdo extrajudicial de pago con sus acreedores, a la vez que no han incumplido las obligaciones de colaboración que estipula la Ley Concursal. Entre los pasos que han dado, se incluye que han presentado un plan de pagos que ha sido aprobado por la vía judicial, según informó Repara tu Deuda.
El objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad es que los emprendedores por cuenta propia queden exonerados de las deudas contraidas y puedan seguir ejerciendo su actividad. La normativa surge para que aquellas personas físicas o jurídicas que pusieron en marcha un negocio, y que como consecuencia de la crisis fracasaron, no estén endeudadas durante toda la vida, y puedan retomar una actividad empresarial.
Esta legislación permite la exoneración de la deuda de particulares y autónomos siempre que se demuestre previamente que el deudor ha actuado de buena fe o que el importe debido no supere los cinco millones de euros.
¿Qué es la ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) es un proceso administrativo que permite a una persona cancelar sus deudas por ley.
Hablamos de una herramienta a disposición de particulares y autónomos que les ayuda a dejar atrás una situación económica complicada. Esto es posible mediante la negociación de nuevas condiciones con los acreedores y, en última medida, conseguir la cancelación de las deudas.
Requisitos de la segunda oportunidad
Para cumplir con la ley de segunda oportunidad hay que cumplir ciertos requisitosque son los siguientes:
- Tiene que existir una justificación que pruebe que el deudor no cuenta con el patrimonio suficiente para hacer frente a sus deudas.
- La cantidad adeudada no puede superar los cinco millones de euros.
- Las deudas deben haber sido contraídas actuando de buena fe. Este concepto es muy amplio y da pie a nuevas premisas que han de cumplirse para tomar una decisión.
En este sentido, es obligatorio que haya existido un intento de alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores. Este método pretende encontrar una solución previa para saldar las deudas establecidas y para ello se intentan opciones como ampliar los plazos de pago o negociar quitas que reduzcan la deuda pendiente.
En segundo lugar, el deudor no puede haber sido condenado por delitos económicos o patrimoniales contra instituciones públicas como Hacienda o la Seguridad Social. También se incluyen en este epígrafe los trabajadores y el plazo a tener en cuenta, que son los últimos diez años.
En tercer lugar, es necesario que la persona no sea declarada culpable en el concurso de acreedores. La buena fe no existiría si el deudor contrajo sus deudas sabiendo de antemano que no iba a poder pagarlas o bien si no actuó con la suficiente diligencia.
Finalmente, es necesario para poder acogerse a esta ley no haberlo hecho con anterioridad en los últimos diez años.
Sin limitaciones en los tipos de deudas
Recientemente, esta ley ha experimentado un cambio muy significativo. Al principio no todas las deudas podían ser exoneradas, ya que se excluían aquellas que estuvieran establecidas con administraciones públicas.
Sin embargo, esto cambió con una sentencia del Tribunal Supremo de julio del 2019. En su fallo determinó que estas deudas deberían ser objeto de la exoneración del pasivo satisfecho. Esto quiere decir que en la actualidad también es posible eliminar las deudas con la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
Read MoreLey de Segunda Oportunidad: ¿Cómo cancelar mis deudas?
La Ley de Segunda Oportunidad o ley 25/2015 de 28 de julio está dirigida a personas o empresas autónomas que con el tiempo hayan adquirido deudas que son difíciles de eliminar por haber llegado a una situación crítica en su estado de finanzas, para poder dar una solución a las mismas.
Esta ley no es un mecanismo para evitar pagar las deudas de un particular o autónomo. Su objetivo es propiciar una reestructuración del pago de las mismas y llegar a un reequilibrio entre acreedores y deudores.
Euriux Abogados con una red de 300 abogados en España y con sede en Portugal, te explica hoy los principales requisitos para acoger a la ley de segunda oportunidad. En este procedimiento, se requiere la actuación de letrados con experiencia y cualificados en material concursal.
¿Cuáles son los requisitos?
Que el deudor compense a sus acreedores con la cesión de ls bienes no necesarios para el ejercicio de su actividad profesional o acciones de su propia compañía. El valor de los bienes siempre tiene que ser menor o igual a la cantidad de la deuda. El valor no debe superar los 5 millones de euros.
El emprendedor debe proponer un plan de viabilidad y un calendario de pagos para hacer frente a los acreedores. No puede superar el plazo de los diez años.
Se debe acumular un retraso de tres meses en el pago de sus obligaciones y la persona física tiene que ser insolvente de buena fé. O sea que su situación no sea adrede.
El afectado no debe estar condenado por delitos económicos contra el patrimonio de la Hacienda Pública, derechos de trabajadores, Seguridad Social o falsedad documental
¿Quién colabora en la negociación?
La Ley Establece en este proceso la figura del mediador concursal, encargado de facilitar los acuerdos y actuar como interlocutor entre las partes. Está previsto que las negociaciones se alcancen como máximo en dos meses para solicitar posteriormente al juzgado el concurso de acreedores de forma voluntario.
En la primera fase, se recomienda la opción de llegar a un acuerdo extrajudicial para los pagos. De lo contrario, se daría traslado al juzgado para el inicio del concurso.
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