
¿Se considera accidente de trabajo in itinere por ir en bicicleta?
¿Qué condiciones deben de cumplir los accidentes laborales para que se clasifiquen como in itinere? ¿Qué consecuencias tiene sobre los trabajadores y qué requisitos se deben de cumplir?. Euriux Abogados como la mayor red nacional de asesoramiento en España, te da respuesta a estas preguntas. Nuestros 300 profesionales están especializados en asuntos legales de aseguradoras y accidente de tráfico.
¿Que es un accidente in itinere?
El accidente in itinere es un tipo más de los accidentes de trabajo. Como tal, tiene unas consecuencias similares a ellos para los empleados y empleadores. Sin embargo, se distingue de los accidentes comunes por el hecho de que no se va a dar en un centro de trabajo al uso. La expresión latina in itinere significa, en castellano, en el camino, lo que ya proporciona una pista sobre la naturaleza de estos accidentes laborales.
Esta clase de accidentes está regulada en el artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social. A grandes rasgos, el concepto de accidente in itinere implica la generación de un daño corporal para el trabajador cuando iba a su lugar de trabajo o volvía de él.
¿Cuáles son los requisitos?
Hay cuatro factores que por su naturaleza pueden hacer que este tipo de accidente sean así considerados:
- Teológico: Se considerará accidente in itinere si el desplazamiento ha sido provocado únicamente por el trabajo.
- Espacial: Este requisito viene a especificar que el accidente debe ocurrir en la travesía entre el domicilio del trabajador/a y el centro de trabajo. Incluyendo además el momento anterior o preparatorio al viaje, por ejemplo, de camino al automóvil.
- Cronológico: El accidente debe producirse dentro del tiempo que se invierte habitualmente en el desplazamiento, implicando que el recorrido también sea el frecuente.
- Mecánico: Haciendo referencia al medio de desplazamiento utilizado por la persona trabajadora para realizar dicho trayecto, se destaca que el transporte empleado debe ser el habitual y seguro.
Jurisprudencia
Hoy abordamos una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla León. Una mutualidad contracada por el Ministerio de Defensa ha sido condenada a pagar a la familia de un empleado civil del Ejército de Tierra en Valladolid el 52% y el 20% más de las pensiones que les correspondía a su viuda e hijo, tras el fallecimiento del trabajador en un accidente, cuando se dirigía en noviembre del 2017 al cuartel a primera hora de la mañana.
El empleado civil utilizaba habitualmente como vehículo la bicicleta para acudir al acuartelamiento, situado en el Pinar de Antequera, y falleció de infarto a las 7:20 de la mañana. Tanto el Instituto de la Seguridad Social (INSS), como la empresa Ibermutuamur, rechazaron la reclamación de la familia, que sí ha reconocido el Juzgado de lo Social número 3 de Valladolid y ahora el TSJ ratifica en una sentencia del pasado 3 de febrero.
El fallo de los tres magistrados del TSJ de Castilla y León sí reconoce el derecho de la familia por entender que el fallecimiento se produjo cuando el trabajador se dirigía por el recorrido y horario habituales en bicicleta,
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Cancelación de viajes por coronavirus, ¿a qué tienes derecho?
El coronavirus nos cambia la vida, y ha dado al traste con todo nuestros planes. Las cancelaciones y anulaciones de viajes son un ejemplo. ¿Cómo afectan a los usuarios? ¿A qué tienen derecho?
- Conserva toda la documentación del viaje: título de transporte, justificante de pago, contrato con la agencia y cualquier información que consideren relevante.
- Deberías solicitar, si es posible de manera fehaciente, la cancelación del servicio por considerar que concurren circunstancias excepcionales y de fuerza mayor.
- Esa solicitud debes enviarla al departamento de atención al cliente de la empresa o compañía, y conservar prueba de que la has hecho.
- Si no te responden en 30 días o si la respuesta no fuera satisfactoria, habría que acudir a los tribunales.
¿Qué pasa si mi vuelo se cancela por el coronavirus?
- La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha informado sobre los derechos que tienen los viajeros cuyo vuelo haya sido cancelado. La cancelación de los vuelos por parte de las compañías por la expansión del coronavirus se considera una circunstancia extraordinaria. En ese caso hay derecho a Información.
- Asistencia: comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, a una o más noches de alojamiento, así como al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.
- Reembolso del importe del viaje o transporte alternativo.
- Como es circunstancia extraordinaria, no hay derecho a compensación económica.
¿Y los viajes combinados?
En ese caso, el viajero en principio tendría derecho a:
resolver el contrato antes del inicio sin pagar ninguna penalización.
Recibir reembolso completo de cualquier pago realizado. La agencia debe devolver el dinero si las empresas con las que ha contratado le han devuelto a su vez el importe de los servicios que no han prestado.
El Real Decreto-ley 11/2020 establece que el cobro de ese reembolso está inicialmente supeditado a que los proveedores de los servicios incluidos en el contrato hubieran devuelto total o parcialmente el importe correspondiente a sus servicios. Si el organizador del viaje (o el minorista) solo recibe la devolución parcial por parte de los otros operadores económicos incluidos en el viaje (hoteles o aerolíneas), el consumidor tendrá derecho por el momento al reembolso parcial correspondiente a las devoluciones efectuadas de sus servicios, y el organizador podrá emitir y dar al consumidor un bono sustitutivo del resto de dichos importes. El viajero tendrá un año para disfrutar de ese bono sustitutorio

FAQ sobre las medidas extraordinarias en materia económica por Covid-19
Desde que se decretó el estado de alarma en España, el Gobierno Central ha ido adoptando diferentes medidas urgentes y extraordinarias encaminadas a paliar el impacto económico por la crisis sanitaria del Covid-19. Euriux Abogados que celebra 25 años como el mayor grupo de abogados en España, te hace un recopilatorio de las diferentes medidas económicas dirigidas a empresas, pymes y autónomos.
Prestación por cese de actividad
Es conocido como el paro de los autónomos. El Real Decreto-Ley de 17 de marzo establece que trámites deben realizarse. Pueden solicitarlo los trabajadores por cuenta propia cuya actividad se haya suspendido o que hayan visto reducida su facturación en un 75% a raíz de la pandemia. Para ello, hay que estar al día en los pagos a la Seguridad Social y haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) el 14 de marzo.
Créditos ICO
Desde el 6 de abril, los bancos comenzaron a conceder los créditos avalados por el Estado a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) a autónomos y pymes afectados por la crisis de la Covid-19 que necesitan liquidez (aunque se puede aplicar con carácter retroactivo a los préstamos solicitados desde el 18 de marzo).
Moratoria pago de las hipotecas
Los pequeños empresarios y autónomos que no tengan actividad como consecuencia del estado de alarma o que hayan sufrido pérdidas significativas pueden optar a dejar de pagar la cuota hipotecaria de su local u oficina durante tres meses, un plazo que podrá ser ampliado por acuerdo del Consejo de Ministros. Si se cumplen los requisitos, entre los que figuran haber visto caer su facturación en al menos un 40%, los afectados deben dirigirse a su banco para solicitar la aplicación de esta medida por la crisis del Covid-19.
Retraso pago de impuestos
Una de las últimas decisiones adoptadas por el Gobierno ha sido la moratoria de un mes que ha concedido a las empresas y autónomos para el pago de impuestos. (IVA, IRPF y fraccionamientos de Sociedades). Así, podrán presentarse hasta el 20 de mayo, en lugar de hacerlo en el plazo previsto, que terminaba el 20 de abril, y hasta el 15 de mayo en el caso de las domiciliadas, que vencía este miércoles 15 de abril.
ERTE y bonificaciones
La crisis del coronavirus ha llevado a miles de empresas a aplicar a su plantilla un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Los cálculos apuntan a que ya hay más de 3,5 millones de trabajadores afectados por esta alternativa impulsada por el Gobierno y que busca a toda costa mantener el empleo. Todos los trabajadores afectados pueden cobrar el paro, incluso si no han cotizado los 360 días que con carácter general se exigen para poder acceder a esta prestación. Durante los primeros seis meses el trabajador cobrará una cuantía del 70% de la base reguladora y del 50% a partir de dicho momento
Baja por incapacidad laboral
Los autónomos que se hayan contagiado o que se hayan visto obligados a permanecer en cuarentena por contacto con personas infectadas pueden solicitar la baja médica. El Real Decreto ley 6/2020, de 10 de marzo, afirma que, como medida excepcional, podrán recibir la prestación que corresponde a un accidente de trabajo.
Rescate planes de pensiones
Durante los seis meses posteriores a la declaración del estado de alarma, los autónomos que hayan cesado su actividad y los titulares de establecimientos cuya apertura al público se haya vista suspendida por causa de la Covid-19 y que sean partícipes de planes de pensiones, “podrán, excepcionalmente, hacer efectivos sus derechos consolidados”, según recoge el BOE del 31 de marzo.
Bono social y suministros
Se ha decretado una prórroga hasta septiembre del bono social a los afectados por la crisis del coronavirus mientras que se garantiza una moratoria para el pago de suministros como agua o luz, a colectivos vulnerables.
Ayudas al Alquiler
Articula ayudas al alquiler, suspende los desahucios en seis meses y los contratos se renovarán automáticamente por medio año si caducan ahora. Los inquilinos vulnerables (parados, afectados por un ERTE o autónomos) podrán optar a microcréditos a interés cero a devolver hasta en 10 años y el Estado asumirá la deuda si se mantiene la vulnerabilidad.
Agricultores
Los parados, trabajadores con subsidio agrario, renta agraria o con prestación por desempleo podrán trabajar en el campo sin perder el paro.
Paro
Durante el periodo de alarma, el retraso en presentar una prestación por desempleo o una reanudación “no reducirá la duración del derecho a la prestación“.
Empleadas de Hogar
El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros subsidios extraordinarios de 440 euros para los trabajadores temporales que no tenían derecho a paro; y para las empleadas del hogar del 70% de de la base de su cotización, sin ser esto incompatible con otros empleos.
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Fake News: El seguro del coche sí te protege en Estado de Alarma
Euriux Abogados, la primera red nacional de abogados en España y que celebra 25 años, informa a sus clientes que el seguro del coche durante e, estado de alarma en España sí te protege en sus diferentes coberturas en caso de sufrir un accidente.
Ante los bulos que circulan en internet, Euriux Abogados que ejerce la defensa jurídica de la compañía Hello Auto, asegura que la Asociación Empresarial del Seguro Unespa asegura que “el seguro del automóvil funciona como siempre, nada ha cambiado por la declaración de alarma. Las protecciones son las mismas tanto las de responsabilidad civil (seguro a terceros) como las garantías complementarias”.
Servicios telemáticos
Euriux Abogados decidió este fin de semana por responsabilidad corporativa y ante la situación provocada por el Coronavirus, tomar medidas para seguir manteniendo nuestro servicio de atención al cliente y empresas de forma telemática.
En Madrid, la oficina principal ha reducido su actividad y se han habilitado dos teléfonos de contacto: 914261331 y 620349041. Además, de a través de la página web www.euriux.com.
Nuestra red formada por 300 abogados en más de 52 despachos en España y con sede en Portugal, también ha tomado medidas pertinentes para atendiendo las indicaciones del Ministerio de Sanidad restringir las reuniónes con clientes.
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Conoce las medidas de apoyo del Gobierno a pymes y empresas por la crisis del Covid-19
Las pymes y los trabajadores autónomos podrán aplazar a partir de este viernes hasta 30.000 euros en el pago de impuestos durante seis meses, con tres meses de carencia. Así lo establece el decreto-ley publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que da luz verde a una serie de medidas urgentes ante el impacto económico causado por la pandemia Covid-19. Los aplazamientos, que se podrán presentar previa solicitud, se refieren a deudas tributarias que estén en periodo voluntario de pago desde este 13 de marzo hasta el 30 de mayo.
En Euriux Abogados, te damos a conocer hoy todas las novedades aprobadas por el ejecutivo que entran en marcha. En el ámbito tributario, el real decreto publica una medida mediante la cual se permite solicitar, hasta el 30 de mayo, el aplazamiento en el pago de determinadas deudas tributarias con un límite de 30.000 euros y por un plazo de 6 meses (con una carencia de intereses en los 3 primeros), permitiendo extraordinariamente el aplazamiento respecto de las retenciones practicadas de IRPF, cuotas de IVA y el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, que hasta ahora eran inaplazables; esta medida queda limitada únicamente a pymes y autónomos, con un volumen de operaciones inferior a 6 millones de euros.
A su vez la AEAT acaba de comunicar a través de un aviso informal en su página web la ampliación de los plazos en los procedimientos tributarios mediante un cambio normativo inminente, por lo que hay que estar a la espera de las novedades que se lleven a cabo en relación a este punto como consecuencia de la situación generada por el Covid-19..
Ayudas al sector turístico
En la ampliación de la financiación “Thomas Cook”, (Artículo 4ª Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, promovida para atender las necesidades financieras del sector turístico consecuencia de la insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook) de aplicación a todas las empresas y autónomos con domicilio en España, ampliando la partida presupuestaria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de garantía de los créditos de la línea ICO, en la cantidad de 400 millones de euros para atender a las necesidades de liquidez de las empresas y autónomos del sector turístico, aplicándose la misma, de manera inmediata y de un modo automático.
Administración Pública
A partir de la publicación de este real decreto, se adoptará por parte de los organismos de la Administración General del Estado la tramitación de emergencia en la celebración de los contratos que sean necesarios para la protección de las personas, no siendo necesario la tramitación ordinaria de la Ley de Contratos del Sector Público como consecuencia de la propagación del COVID-19. Todo ello, en virtud del artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, que permite a la Administración General del Estado la actuación inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones de grave peligro o necesidades de defensa nacional.
Medidas laborales
Las organizaciones sindicales y empresariales han alcanzado un acuerdo por el cual instan al Gobierno a dictar un real decreto-ley en el que se articulen medidas laborales, entre las que se incluyen una nueva regulación más sencilla y laxa de los ERTE, donde se reconozca la existencia de fuerza mayor como consecuencia de las medidas que se están adoptando, y donde a los trabajadores que por ello se vean afectados no se les exija un mínimo de cotización previa a la Seguridad Social y tales periodos de desempleo no compute como tal a efectos de prestaciones futuras de desempleo.
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Tarjetas revolving: El Tribunal Supremo las considera usura
Los magistrados de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo consideran que los .contratos de las tarjetas revolving que apliquen tipos de interés superiores al precio normal del dinero y manifiestamente desproporcionados son usurarios y deben ser anulados.
El Alto Tribunal sienta así jurisprudencia al pronunciarse sobre una sentencia referida a una tarjeta comercializada por WiZink Bank con una TAE inicial del 26,82% y que llega desde la Audiencia Provincial de Santander, órgano judicial que estimó en parte un recurso de apelación interpuesto por la entidad contra un fallo del Juzgado de Primera Instancia que declaró la nulidad del contrato entre las partes por existir un interés remuneratorio usurario.
El artículo 1 de la Ley de Usura, que data de 1908, determina como nulo cualquier contrato de préstamo, extensible a un crédito, en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de una situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.
Las tarjetas ‘revolving’ son tarjetas de crédito en las que se dispone de un límite de crédito determinado que puede devolverse a plazos, a través de cuotas periódicas, pero su peculiaridad reside en que la deuda derivada del crédito se renueva mensualmente.
Los intereses tan altos que finalmente se tienen que pagar han provocado una sucesión de demandas en los juzgados. Por eso, con el fallo de hoy, el Tribunal Supremo marca el devenir de las futuras sentencias por este producto.
Euriux Abogados te ayuda
Euriux Abogados es una firma especializada en prestar asesoramiento y asistencia jurídica a empresas y particulares y bancos de ámbito nacional e Internacional. Somos la primera red nacional de abogados con 25 años de experiencia.
Si quieres conocer de primera mano tu caso y cómo proceder para reclamar en el caso de tarjetas revolving, no dudes en acudir a alguna de las 52 sedes que tiene Euriux Abogados. Sus más de 300 representantes legales te van a informa de primera mano para llevar a cabo la reclamación judicial.
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El TJUE dicta como abusivas las hipotecas IRPH
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado este martes sobre la validez de las hipotecas vinculadas al IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, que ha declarado abusivas. Un veredicto que podría costarle a la banca española hasta 44.000 millones de euros.
En concreto, la Sala considera que la cláusula de un contrato de préstamo hipotecario en virtud de la cual el tipo de interés varía en función del índice de referencia (en este caso, el IRPH), está comprendido en el ámbito de aplicaciónde la Directiva sobre cláusulas abusivas, ya que esa cláusula “no refleja disposiciones legales o reglamentarias de carácter imperativo”.
Por ello, el Tribunal Europeo determina que los tribunales españoles deberán comprobar que las cláusulas de esas características sean “de carácter claro y comprensible”. En el caso de que los tribunales nacionales las encontraran abusivas, podrán ser sustituidas “por un índice legal aplicable de manera supletoria, para proteger a los consumidores”.
El Tribunal de Luxemburgo adopta esta decisión ante la triple cuestión prejudicial planteada por un juez de Barcelona sobre la validez de este índice, que ha mantenido en vilo a consumidores y entidades bancarias durante meses. Ya en septiembre, el Abogado General Maciej Szpunar se pronunció al respecto, abriendo la puerta a anular estas hipotecas cuando sean abusivas.
¿Qué es el IRPH y por qué es tan polémico?
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios es un índice oficial que elabora mensualmente el Banco de España. Es conocido por ser el tipo medio que se aplica a los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre concedidos por las entidades de crédito en España. Se trata de la segunda referencia más utilizada, por detrás del euríbor.
La polémica por su uso como índice principal se desencadenó entre 2013 y 2016, cuando se estabilizó en valores cercanos al 2%. En la práctica, esto dejaba a los clientes con IRPH en una situación de desigualdad respecto a los hipotecados con euríbor, cuyas cuotas se fueron reduciendo de forma considerable por la caída progresiva de su índice de referencia.
Los consumidores comenzaron a solicitar entonces al Banco de España la nulidad del IRPH por considerarlo “abusivo” y acabaron llevando su causa a la Justicia. Sin embargo, el Tribunal Supremo avaló el IRPH en noviembre de 2017, al considerar que la mera referencia de una hipoteca a un índice oficial no implica falta de transparencia ni abuso alguno.
No obstante, un juzgado barcelonés llevó la cuestión a Luxemburgo, a quien ahora correspondía aclarar si el IRPH era nulo o ilegal, si debe estar sometido a los mismos controles de transparencia que otros productos y si, en el caso de que el fallo fuera contrario a los bancos, cabría la posibilidad de conceder la retroactividad.
El pasado septiembre, el Abogado General Szpunar ya apuntó en este sentido, asegurando que, conforme a la normativa comunitaria, los jueces sí pueden controlar si el IRPH es abusivo. Además, descartaba que el mero hecho de ser un índice oficial diera garantías de transparencia y alertaba de que el cálculo del IRPH es “complejo y poco transparente para un consumidor medio”, por lo que las entidades deberían dotar de información “suficiente” sobre el método seguido y mencionar la evolución del IRPH en el pasado.
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Euriux Abogados presente en la Spain Legal Expo, la feria de la abogacia
Euriux Abogados como la primera red nacional de abogados en España y que en la actualidad cuenta con 52 despachos y más de 300 profesionales del Derecho, participará en la primera edición de la Spain Legal Expo, la feria de la abogacía y de los servicios jurídicos. Madrid se convertirá los días 1 y 2 de abril en la capital de los servicios legales y asesoramiento empresarial. Más de 5.000 metros cuadrados de zona expositiva en el recinto ferial de IFEMA junto a un amplio programa congresual.
Euriux Abogados contará con un stand donde dará a conocer sus servicios jurídicos que presta en España basados en un Abogado como único interlocutor para el cliente. Nuestro éxito es proporcionar un sistema de trabajo colaborativo. Desde la oficial principal de Madrid, gestionamos los asuntos legales con independencia de la ubicación geográfica del cliente y bajo unidad de criterios. En la actualidad, Euriux Abogados también cuenta con una sede en Portugal.
Euriux Abogados cuenta con especialistas Nacionales e Internacionales en todas las áreas del Derecho. Nos encargamos de prevenir, proteger y defender al cliente con profesionalidad, experiencia y conocimiento.
Spain Legal Expo es una feria única para el sector y el mejor escaparate de vanguardia. “Networking” en estado puro.El público al que va dirigido este evento son emprendedores, trabajadores autónomos, altos directivos de pymes y micropymes así como directivos de grandes empresas.
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Razones para confiar en Euriux Abogados, la primera red de abogados en España
¿Quien no ha necesitado nunca de asesoramiento jurídico? Y llegado ese momento, uno se plantea la necesidad de encontrar al abogado que reúna todas las condicionantes que deseamos y que vele perfectamente por nuestros intereses. Hoy en Euriux Abogados, te vamos a dar algunas de las claves para confiar en la primera red de abogados en España.
Un abogado como interlocutor en tu caso
Euriux es uno de las principales despachos de abogados de gestión de España. Trabajamos con empresas y particulares para ayudarte a tomar mejores decisiones. Trabajamos juntos como una sola firma para servir a nuestros clientes dondequiera que nos necesiten.
Euriux Abogados está integrada por despachos asociados interrelacionados entre sí, que mantienen una misma filosofía y protocolos de actuación, de manera que cubrimos las necesidades de empresas con más de una ubicación o con diferentes sedes, personal desplazado, franquicias, asociaciones, etc
52 sedes en España y también Portugal
Euriux Abogados cuenta con una sede central en Madrid desde donde se realiza la asignación de asuntos a los diferentes letrados y la coordinación de los expedientes a sus provincias correspondientes.
En la actualidad, la red de Euriux Abogados cuenta con 52 despachos en toda España. Uno por cada provincia, además de contar con presencia física para atender asuntos internacionales en Portugal.
Nuestro éxito es proporcionar un sistema de trabajo colaborativo que facilita la gestión de los diferentes asuntos legales con independencia de la ubicación geográfica del cliente, unidad de criterios y una coordinación centralizada desde la oficina de Madrid.
Servicios Jurídicos
Euriux Abogados cuenta con especialistas Nacionales e Internacionales en todas las áreas de la abogacía, la mejor defensa es contar con profesionales que garanticen la mejor solución para sus clientes.
Nuestra filosofía es la de desarrollar un trabajo coordinado, proactivo y eficiente para satisfacción de nuestros clientes. Conocer sus necesidades y ejecutarlas dentro de un estandar de máxima calidad es nuestro objetivo.
Estamos especializados en todas las áreas del Derecho con especial atención a las empresas, autónomos, franquicias , aseguradoras y clientes en particular. Euriux tiene una amplia experiencia en todos los sectores. Aportamos a cada cliente una combinación de un profundo conocimiento de la industria y perspectivas expertas de otras industrias sobre el desafío en juego, para ofrecer a nuestros clientes perspectivas frescas y perspectivas de negocio innovadoras.
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IRPH: Una sentencia que puede poner en jaque a la banca
En Euriux Abogados estamos a la espera del pronunciamiento del Tribunal General de la Unión Europea que en este primer trimestre de 2020 debe pronunciarse sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) . El Alto Tribunal debe decidir, como ya se pronunciara en diciembre, si estas hipotecas tienen cláusulas abusivas y podría abrir la puerta a miles de reclamaciones. Según datos de Goldman Sanchs, en España las indemnizaciones podrían elevarse a los 44.000 millones.
Las entidades más expuestas podrían ser Caixabank y el Santander con un 24% del total de estos préstamos. Le seguiría Kutxabank, con el 18%, Bankia y BBVA, con el 10% cada una; la extinta Catalunya Caixa (integrada en BBVA) y Grupo Caja Rural, con un 4% en ambos casos, y el Sabadell, con el 3%. En términos económicos, Caixabank lidera la lista con 6.700 millones, seguido de Santander con 4.300 millones, BBVA con 3.100 millones, Bankia con 1.600 millones, Kutxabank, con 1.235 millones y Sabadell con 830 millones.
¿Qué es el IRPH?
El IRPH es un índice oficial y elaborado por el Banco de España, y el segundo más utilizado, tras el euríbor, en las hipotecas variables. Para calcularlo se hace una media del interés que cobran las entidades, incluyendo los gastos hipotecarios en préstamos hipotecarios a más de tres años. Generalmente, el IRPH siempre ha sido superior al euríbor. Este tipo de interés es más beneficioso para las entidades bancarias y en la mayoría de los casos negativo para el cliente. De tal forma que, el cliente puede llegar a pagar 2.000 euros más al año con este tipo de interés, según iAhorro.
Euriux Abogados es tu asesoría legal
Euriux es uno de las principales despachos de abogados de gestión de España. Trabajamos con empresas y particulares para ayudarles a tomar mejores decisiones. Trabajamos juntos como una sola firma para servir a nuestros clientes donde quiera que nos necesiten. Tenemos oficinas en 52 despachos en España y Portugal, con más de 300 abogados especializados para atender tu caso.
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