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Hacienda: Los aplazamientos de las Empresas por Covid-19
Te damos las respuestas a todas las dudas por la crisis del Covid-19
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¿Cómo aplazar mi hipoteca por el Covid-19?
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Hacienda pone el foco en las sociedades con tipo impositivo negativo
El Plan de Control Tributario 2020 que pone en marcha el Gobierno Central tendrá un efecto directo sobre las empresas nacionales y sus consecuencias. En Euriux Abogados, te damos a conocer hoy cuáles son las principales novedades que plantea la Agencia Tributaria ante esta nueva medida.
Una de las principales novedades de este proyecto es que la Agencia Tributaria pondrá en marcha en 2020 un plan especial de comprobación de contribuyentes que en sus declaraciones del Impuesto sobre Sociedades vienen consignando reiteradamente bases imponibles negativas pendientes de compensar en el futuro. Las directrices generales que ya se han aprobado en el Boletín Oficial del Estado, subraya la necesidad de verificar con intensidad la corrección de estos saldos a la vista de su incremento a lo largo de los años y del riesgo que ello implica de minoración indebida de tributación en ejercicios futuros.
El plan incluye la tradicional comprobación de bases imponibles negativas ya aplicadas, pero muy especialmente la revisión de aquellas que están pendientes de compensación en años siguientes. El objetivo es verificar la existencia, exactitud y origen de los saldos negativos, teniendo en cuenta que estos saldos pueden en el futuro ser compensados por las empresas que los generaron o por otras que continúen su actividad.
Asesoramiento
Euriux tiene una amplia experiencia en todos los sectores. Aportamos a cada cliente una combinación de un profundo conocimiento de la industria y perspectivas expertas de otras industrias sobre el desafío en juego, para ofrecer a nuestros clientes perspectivas frescas y perspectivas de negocio innovadoras.
Euriux Abogados está integrada por despachos asociados interrelacionados entre sí, que mantienen una misma filosofía y protocolos de actuación, de manera que cubrimos las necesidades de empresas con más de una ubicación o con diferentes sedes, personal desplazado, franquicias, asociaciones, etc.
En la actualidad contamos con 52 despachos. Los despachos, uno por provincia, están repartidos por todo el territorio nacional, lo que nos permite ofrecer una amplia cobertura con servicios ágiles y dinámicos y con un trato directo y personal. A tu servicio, 300 abogados con el objetivo de resolver tus asuntos legales.
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Llega la nueva Ley Hipotecaria: conoce todas las claves
La nueva Ley de Crédito Inmobiliario como se ha bautizado la Ley Hipotecaria, ya ha entrado en vigor, Consumidores, bancos y notarios son los principales afectados por las modificaciones, después de tres años de espera para su implantación después de que fuera aprobada en febrero por el Congreso de los Diputados. En Euriux Abogados, hoy te contamos cuáles son las principales novedades y cómo te afecta.
Cuando los consumidores vayan a firmar una hipoteca, la entidad financiera va a analizar en profundidad la solvencia del interesado. Además, tendrán que recibir una documentación por parte del banco con la suficiente antelación como para estudiarlos. Ahora habrá que hacer dos visitas al notario y el banco podrá obligar al que quiera un crédito hipotecario a hacerse un seguro, aunque no tiene por qué ser el que ofrezca la entidad
¿Cómo se obtendrá el préstamo hipotecario?
Una vez que el cliente decida contratar una hipoteca con una entidad concreta, la figura del notario adquiere protagonismo. Ellos deben dar fe de que las entidades han entregado la documentación precontractual con la antelación debida, que se ha prestado asesoramiento e información individualizada sobre las cláusulas contenidas y que el cliente entiende todos los aspectos, mediante la realización de un test.
La solvencia del cliente no puede basarse solo en el valor del inmueble hipotecado o en el hecho de que este se vaya a revalorizar, porque puede que no ocurra. De esta manera, se acaba con la práctica de dar una hipoteca solo por el valor de tasación de la vivienda. El banco sólo podrá conceder la hipoteca si esta evaluación indica que es probable que el cliente pague. Si deniega el crédito, el banco debe informar sin demora y por escrito de ello y explicar los motivos, según otra de las normas de la Ley Hipotecaria.
Las tres principales novedades de la Ley Hipotecaria es que se limitan las comisiones por amortización, se especifica quién debe abonar los gastos vinculados a la constitución del crédito y se endurecen las condiciones para que un banco inicie los trámites de un desahucio.
Euriux Abogados
Más transparencia, desaparece la cláusula suelo
La ley prohíbe totalmente este tipo de conceptos y define, en su artículo 21.3, que en las operaciones con tipo de interés variable no se podrá fijar un límite a la baja del tipo de interés.
Si el banco concede el crédito, debe proporcionar al cliente varios documentos al menos diez días naturales antes de la firma. Uno de ellos es la Ficha Europea de Información Normalizada o FEIN, en la que consta la información sobre el cliente y las características del préstamo (tipo de interés, cantidad, gastos, comisiones, cuotas…). Este documento es vinculante para el banco.
Otro es la Ficha de Advertencias Estandarizadas o FiAE, donde se informa al consumidor de la existencia de cláusulas o los índices de referencia usados para fijar el tipo de interés aplicable. Si el préstamo es a interés variable, el banco debe aportar un documento específico donde se simule cómo quedarían las cuotas a pagar en diferentes escenarios de evolución de los tipos de interés. Por otro lado, el consumidor debe tener desglosados la totalidad de gastos asociados a la firma del contrato, y si el banco exige un seguro de hogar, las condiciones de este seguro deben estar por escrito.
Gastos de Hipoteca y Comisiones
los bancos se harán cargo de los gastos de notaría, registro, gestoría y del polémico Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. El cliente, por su parte, sólo tendrá que asumir los costes de tasación.
La ley establece el derecho del banco a que se le pague una compensación (la pérdida financiera) cuando el reembolso se produzca en los primeros años del contrato, pero con ciertos límites. Si el cliente decide amortizar con una hipoteca de tipo variable, el banco podrá cobrar como máximo una comisión del 0,15% del capital reembolsado anticipadamente en los primeros cinco años de vigencia del contrato o un 0,25% en los tres primeros años.
La ley dice que sólo se puede aplicar una de las dos comisiones. Si la hipoteca es de interés fijo, durante los diez primeros años de vigencia del contrato, la comisión no podrá superar el 2% del capital reembolsado anticipadamente. Tras esos diez años, el límite será del 1,5%. Respecto a la comisión de apertura, si se pacta entre ambas partes que exista se debe de abonar de una sola vez y debe englobar los gastos de estudio, tramitación y concesión del préstamo.
Otras novedades sobre comisiones son que el caso de novación o subrogación, si el contrato pasa de interés fijo en sustitución de otro de interés variable, la comisión por reembolso o amortización anticipada no podrá superar el 0,15% del capital reembolsado durante los tres primeros años de vigencia del contrato. Después no puede exigirse comisión ninguna. Esto no significa que no haya que pagar nada en caso de subrogación: la ley hipotecaria dice que hay que compensar al banco con la parte proporcional de los impuestos y los gastos que abonó cuando se constituyó el crédito.
Euriux Abogados pone a tu servicio el asesoramiento jurídico necesario a través de sus 300 abogados en 52 sedes en España y Portugal para ayudarte a gestionar todos tus problemas.
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Los juzgados dan la razón a los clientes en cláusulas financieras en 2018
En Euriux Abogados, te damos hoy a conocer los datos que ha facilitado el Consejo General de la Abogacía de España en torno a las resoluciones judiciales por cláusulas financieras en 2018. Y las conclusiones del extenso informe son claras: el cliente, casi siempre tiene la razón en las reclamaciones judiciales que interpone.
Como un despacho de abogados especializados en asuntos relaciones en reclamaciones bancarias o cláusula suelo, en Euriux Abogados contamos con abogados especializados que este año han defendido con éxito a nuestros clientes en estos asuntos.
El total de sentencias dictadas durante 2018 fue de 71.962, el 96,71 por ciento de las cuales fue favorable al cliente. Desde el 1 de junio de 2017, las sentencias dictadas han sido 81.288, siendo favorables al cliente 78.760, esto es, el 96,89 por ciento.
Reclamación de cláusulas
Los datos correspondientes a los últimos tres meses de 2018 ponen de manifiesto la tendencia al alza -por sexto trimestre consecutivo- del número de asuntos resueltos por los Juzgados especializados en acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física. Así, durante el periodo analizado, los Juzgados especializados resolvieron -bien por sentencia, auto final o decreto- un total de 30.673 asuntos, frente a los 18.967 asuntos resueltos en el trimestre anterior.
Este incremento sostenido del número de asuntos resueltos se produce en paralelo a la progresiva disminución del número de los que son de nuevo ingreso, que han pasado de los 78.221 del cuarto trimestre de 2017 a los 45.990 del mismo periodo de 2018, lo que supone una reducción de 41,2%.
Estos Juzgados, que entraron en funcionamiento el 1 de junio de 2017, conocen de asuntos que se refieren, entre otros, a cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.
En el cuarto trimestre de 2018, los Juzgados especializados en cláusulas abusivas dictaron un total de 25.760 sentencias, una cifra que triplica con creces la del mismo periodo de 2017 (8.096).
Los datos recopilados por la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial indican que en el cuarto trimestre de 2018 la tasa de resolución fue igual o superior al 50 por ciento en catorce de las diecisiete Comunidades Autónomas, destacando la de Navarra (150,4 %), La Rioja (119,3) y Canarias (101,4%). Por encima de la media nacional se han colocado Galicia, Aragón, Murcia, Asturias, Castilla-La Mancha, País Vasco y Castilla y León. En este grupo se sitúan también Extremadura y Comunidad Valenciana.
Por debajo de la media nacional se sitúan Baleares, Cantabria, Andalucía, Cataluña y Madrid. Esta última es la que tuvo la tasa de resolución más baja de todo el territorio nacional en el cuarto trimestre del año: un 37,6 por ciento.
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¿Qué novedades presenta la declaración de la renta 2019?
La declaración de la renta en su ejercicio fiscal de 2018 dará comienzo el próximo 2 de abril hasta el 26 de junio de 2019. Desde Euriux Abogados, hoy te contamos las principales novedades que presenta este año una cita ineludible para todos los Españoles con la Agencia Tributaria.
A partir del día 14 de marzo, se podrá solicitar ya el número de referencia para gestionar la declaración de 2018. Como el año pasado, se podrá utilizar la APP de la Agencia Tributaria para móviles. La aplicación está disponible tanto para Android como IOS.
Nuevas deducciones en el IRPF
Las principales novedades pasan por las siguientes deducciones:
- Aumenta el mínimo para no declarar por dos pagadores
- Devolución por retenciones de prestación de maternidad: Las rentas soportadas serán deducibles.
- Ampliación de la deducción por familia numerosa: este incremento supone hasta 600 euros anuales por cada hijo que forme parte de la familia numerosa.
- Deducción por personas con discapacidad
Borrador de la renta
Para poder solicitar el borrador de la declaración de la renta, se deben cumplir una serie de requisitos.
- Rentas del trabajo: incluidas las pensiones y haberes pasivos, las pensiones compensatorias recibidas del cónyuge.
- Rentas del capital mobiliario: sujetas a retención o ingreso como son los intereses de cuentas y depósitos bancarios o dividendos de acciones.
- Pérdidas Patrimoniales: derivadas por la transmisión o reembolso a título oneroso.
- Rentas del capital mobiliario: derivado de las Letras del Tesoro.
- Ganacias Patrinoniales
- Imputación de rentas inmobiliarias
- Rendimientos de capital mobiliario
La Agencia Tributaria confecciona y remite el borrador de la declaración que se podrá solicitar a partir del día 2 de abril. A partir del 6 de mayo, se podrá solicitar cita previa para la presentación de la renta y la atención personal en oficinas comenzará el 10 de mayo.
El plazo máximo para el borrador y declaración anual con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta se fija el 26 de junio. Mientras que la declaración de la renta finaliza el día 1 de julio.
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Plusvalía municipal: en horas de extinción
El impuesto de la Plusvalía tiene las horas contadas en muchos municipios. Este impuesto que grava sobre sobre el valor de una cosa, especialmente un bien inmueble recibirá un nuevo tratamiento fiscal. En Euriux Abogados repasamos hoy las claves de la reforma que está en marcha en el Congreso de los Diputados.
Con pérdidas, no hay plusvalía
Los propietarios que vendan sus inmuebles con pérdidas no tendrán que pagar el impuesto de plusvalía municipal, según la proposición de ley presentada por el PP. Ahora queda pendiente qué pasará con los que pagaron indebidamente este tributo, a los que muchos tribunales están dando la razón. Gracias a una proposición de ley que el PP ha presentado en el Congreso de los Diputados que modifica la Ley Reguladora de Haciendas Locales, será en breve efectiva.
Un año de retraso
Estas modificiaciones viene a dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) del 11 de mayo de 2017 que declaró nulos varios artículos del Impuesto sobre el Incremento del Valor en los Terrenos de Naturaleza Urbana -conocido como plusvalía municipal- cuando se venden inmuebles sin obtener beneficios.
Estas medidas impulsadas por el Tribunal Constitucional suponen un avance, pero aún queda pendiente lo que ocurrirá con los tributos indebidamente cobrados. Los afectados podrían reclamar a los ayuntamientos cerca de 2.475 millones de euros por este concepto, lo que supone una media de 4.500 euros por ciudadano afectado, apuntan fuentes de reclamador.es.


