
Tus compras por internet más seguras: no hay que dar los datos de la tarjeta
En Euriux Abogados, especialistas en derecho para el consumidor, estrenamos nueva década con una de las primeras novedades que depara el año 2020. La Unión Europea pretende reforzar la seguridad de los compradores en Internet. Para ello, la Comisión Europea ha ido realizando cambios para facilitar a terceros el acceso a la infraestructura de los bancos a través de la norma PSD2. Esta acción es posible gracias a herramientas como los APIS (Application Programming Interface), un mecanismo de software que permite acceder a multitud de plataformas o sistemas operativos ahorrando en costes de I+D y que ha posibilitado la expansión de empresas como Netflix.
Los APIS revolucionan el sistema de pagos eliminando a intermediarios, como la conexión del vendedor con la compañía responsable de la tarjeta de crédito, lo que aumenta la seguridad de los usuarios.
A partir de esta ley, los consumidores podrán autorizar al comercio para que ejecute pagos en su nombre a través de su cuenta bancaria. Además, el sistema exigirá combinar dos o más herramientas antes no requeridas (como el smartphone vinculado, la clave personal o parámetros biométricos) para garantizar la seguridad y evitar operaciones fraudulentas. Entidades como el BBVA afirman que esto traerá consigo el surgimiento de nuevos métodos de pago y comercio electrónico a través de internet.
La fecha esperada para su puesta en marcha ha sufrido diferentes retrasos para garantizar la plena adaptación de los bancos. No obstante, el período de la actual moratoria expira el 31 de diciembre de 2020.
Fraudes por internet con tarjetas
Las compras realizadas con tarjetas en 2018 en España alcanzaron casi los 4.000 millones de operaciones, por un valor superior a los 147.431 millones de euros lo que supone incrementos del 13,8% y del 9,1%, respectivamente sobre el año anterior, según consta en la ‘Memoria anual sobre la vigilancia de las infraestructuras de los mercados financieros 2018’ elaborada por el Banco de España.
El informe también indica que en 2018 se registraron algo más de un millón de operaciones fraudulentas con tarjetas, por un importe de 88 millones de euros. Del total de operaciones fraudulentas, el 64% corresponde a fraude en compras realizadas en operativa remota, y el resto a TPV físicos (34%) y a cajeros (2%).
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¿Qué derechos tengo en caso de un accidente laboral?
Un accidente de trabajo o accidente laboral se produce cuando un trabajador sufre una lesión corporal mientras trabaja o a causa de las tareas que esté realizando por cuenta ajena. Esta lesión se sufre por un accidente, una acción súbita, y el daño puede ser tanto físico como psicológico. En el caso de que el daño se derive no de un accidente si no de una enfermedad originada por el trabajo, entonces estaremos normalmente ante una enfermedad profesional, que tiene la misma o similar cobertura que el accidente de trabajo.
Para que se considere “accidente laboral” es necesario que haya un nexo causal, una relación entre la lesión que se ha producido y el trabajo, ya sea el trabajo la causa directa o indirecta de la lesión. En el caso de que no haya este nexo, el accidente será “no laboral”, cuya protección es inferior.
Están protegidos los trabajadores que trabajen por cuenta ajena, en cualquier caso, aunque no estén dados de alta en la Seguridad Social o no hayan cotizado previamente. Actualmente los trabajadores por cuenta propia o “autónomos”, en la mayoría de los casos, pueden elegir cotizar para estar protegidos también en caso de accidentes de trabajo o enfermedad profesional. Los trabajadores autónomos económicamente dependientes (Trade) tienen que cotizar necesariamente por contingencias profesionales.
Derechos del trabajador accidentado
Mensualmente el empresario cotiza a la Seguridad Social por los conceptos de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional. Con estas cotizaciones, que corren todas a su cuenta, se cubren las prestaciones a que tiene derecho el trabajador:
El trabajador accidentado tiene derecho a la asistencia sanitaria para su recuperación. Esta asistencia implica tanto el tratamiento, las operaciones que sean necesarias, como la rehabilitación, hasta restablecer la salud.
Baja médica
En el caso de que el accidente de trabajo implique la baja médica, el trabajador tiene derecho a la prestación por incapacidad temporal.Y cuando esta prestación viene de un accidente laboral tiene algunas especialidades, que benefician al trabajador.
Para calcular la cuantía de la prestación se tienen en cuenta la base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior y la cotización por horas extra de año anterior. Solo en este caso se suman las cotizaciones por horas extra. La cuantía que se recibe es el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al accidente. Es una mejora sustancial respecto la enfermedad común en la que los primeros 3 días no se cobra y del día 4 al 20 se cobra solo el 60%. El día del accidente, la empresa tiene que pagar el salario íntegro.
En el caso de que haya una falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, la prestación puede verse incrementado un 30% o un 50% dependiendo del caso. Este recargo sería abonado por la empresa.
En Euriux Abogados estudiaremos tu caso. El accidente de trabajo puede dar lugar a una serie de indemnizaciones legales de distinta naturaleza pues tratan de indemnizar conceptos distintos aunque todas tienen el mismo nexo común: el accidente.
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¿Hasta dónde llega el derecho a la intimidad en el trabajo?
¿Tiene un trabajador derecho a la intimidad en el ámbito profesional?¿Hasta que punto está nuestro derecho garantizado en nuestro puesto de trabajo? Hoy en Euriux Abogados abordamos el derecho de los trabajadores a la intimidad en su puesto de trabajo, una cuestión cada vez más discutida y conflictiva en los tribunales.
El derecho a la intimidad es un derecho fundamental que puede definirse como la facultad de toda persona para decidir y controlar la información de carácter privado que un tercero puede conocer. Así viene regulado en el artículo 18 de la Constitución Española, como en el artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH).
La legislación laboral y la normativa sobre protección de datos abordan esta cuestión:
- Artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores: dispone que el empresario puede adoptar las “medidas más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales”, pero guardando en su “adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad”.
- Artículo 87 de la LOPDGDD: establece que el empresario “podrá acceder a los contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a los trabajadores a los solos efectos de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias y de garantizar la integridad de dichos dispositivos”.
Este artículo continúa establece que, para poder realizar este control, el empresario deberá “establecer criterios de utilización de los dispositivos digitales” que cumplan con las siguientes premisas:
- Que respeten, en todo caso, los estándares mínimos de protección de la intimidad del trabajador de acuerdo con los usos sociales y los derechos reconocidos constitucional y legalmente.
- Que, en su elaboración, participen los representantes legales de los trabajadores.
- Que si se controlan dispositivos digitales respecto a los que el empresario ha admitido su uso con fines privados, se especifiquen los usos autorizados y se establezcan las garantías para preservar la intimidad de los trabajadores como, por ejemplo, los períodos en que los dispositivos pueden utilizarse para fines privados.

Plusvalia: El TS permite al comprador recuperar lo pagado
El Tribunal Supremo ha dado una buena noticia a aquellos contribuyentes que pagaron la plusvalía municipal sin ser el sujeto pasivo, es decir, cuando ellos no eran los obligados a pagar el impuesto, y lo hicieron en virtud de un pacto o acuerdo con el vendedor. Ahora pueden recurrir el impuesto y recuperar lo pagado. Así, los ayuntamientos no podrán negar la posibilidad de recurrir.
En ocasiones, es habitual que el vendedor y comprador de una vivienda firmen un contrato privado donde se determine que es el comprador el que debe pagar la plusvalía municipal, pese a que el sujeto pasivo obligado al pago de este tributo es el vendedor (salvo casos de donación o herencia).
En Euriux Abogados nuestros abogados le podrán asesorar en su caso. Este tipo de acuerdos no está exento de polémica e incluso se ha discutido si se trata de una cláusula abusiva y, por tanto, nula.
Para la Administración Tributaria el sujeto pasivo (el obligado al pago del impuesto) seguirá siendo el transmitente en las transmisiones onerosas (compraventa, por ejemplo). Así lo dispone el artículo 17.5 de la Ley General Tributaria.
Sentencia
En el caso planteado ante el Tribunal Supremo, el vendedor (el obligado a pagar el impuesto de plusvalía) presentó la autoliquidación del impuesto de plusvalía municipal. Posteriormente, se ocupó de solicitar la rectificación de dicha autoliquidación y la devolución de los ingresos indebidos. Pero, una vez tal solicitud fue desestimada por el Ayuntamiento, ya fue el comprador (el que asumió en su día el pago del impuesto) el que se encargó de recurrir personalmente la denegación del Ayuntamiento. Todos los sucesivos recursos que presentó fueron igualmente desestimados, sin entrar a valorar las alegaciones. Y ello, por el único motivo de que se consideró que él no podía recurrir, y que solo podía hacerlo el que en su día fue el sujeto pasivo del impuesto (el vendedor). Y así, el tema ha llegado finalmente al Tribunal Supremo..
Por fin el Supremo ha aclarado si el que en su día no fue sujeto pasivo (pero pagó el impuesto) puede recurrir la plusvalía municipal. El Supremo considera que dicho recurso sí es posible. El Abogado José María Salcedo, de Ático Jurídico, nos explica los motivos:
“El artículo 14.2.d) de la Ley de Haciendas Locales, que regula los recursos contra actos dictados por los Ayuntamientos, considera que los “interesados” en el procedimiento pueden presentar el recurso de reposición contra la plusvalía municipal. Y estas personas que pagaron el impuesto sin ser sujetos pasivos, es obvio que deben tener, al menos, la condición de interesados, y por ello pueden presentar un recurso de reposición contra la plusvalía. Por tanto, si estos interesados pueden presentar el primer recurso contra la plusvalía, no tendría sentido que luego se les impidiese acudir a la vía judicial en el caso de que tal recurso de reposición fuera desestimado. Dicha prohibición, por el contrario, podría vulnerar derechos constitucionales, al impedir el acceso al recurso a estos interesados”.
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La tarjeta de embarque no es obligatoria para una reclamación
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado la razón a unos viajeros y ha estimado que no es necesario exhibir la tarjeta de embarque para reclamar a la aerolínea indemnización por un vuelo retrasado. El auto, de 31 de octubre de 2019 ha resuelto así la cuestión prejudicial presentada a raíz de un caso de reclamación por gran retraso contra la compañía británica EasyJet, que se negaba a conceder indemnización a unos pasajeros por no adjuntar sus boarding pass como prueba de que pasaron por facturación.
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Claves para saber si tu empresa te puede despedir por absentismo laboral
El despido objetivo de un trabajador que falte el 20% o más de días laborables al trabajo de forma justificada durante dos meses es legal. El Tribunal Constitucional (TC) ha concluido, entre otras cosas, que el límite al derecho al trabajo se justifica por la “libertad de empresa y la defensa de la productividad”. La sentencia que ha dictado el pleno del organismo no ha sido unánime y supone un refrendo a la reforma laboral del PP en 2012. Cuatro magistrados han firmado tres votos particulares.
En Euriux Abogados como despacho de abogados especializado en el ámbito laboral, te da a conocer hoy una guía para saber si tu empresa te puede despedir por absentismo laboral.
- La reforma laboral de 2012 impulsada por el Gobierno popular de Mariano Rajoy facilitó el despido. Hasta entonces, para considerar justificado el despido por absentismo laboral era necesario, además, que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo superara el 2,5% en los mismos periodos de tiempo.
- Las ausencias que pueden dar lugar a la aplicación del despido por absentismo serían en principio las derivadas de enfermedad o indisposición de corta duración, hayan dado lugar o no a la expedición de partes médicos de baja. Así, se excluyen los casos de baja acordada por los servicios sanitarios oficiales con una duración de más de veinte días consecutivos
- La ley explicita que no se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave.
¿Afecta a una baja por maternidad?
El texto además apunta que no se incluirán en el cálculo las faltas de asistencia, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de 20 días consecutivos. Tampoco las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.
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¿Cómo se beneficia la empresa con una Compliance?
El Corporate Compliance es un conjunto de procedimientos y buenas prácticas adoptados por las organizaciones para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos.
En Euriux Abogados, hoy abordamos un asunto que puede ser capital para el perfecto funcionamiento de una sociedad mercantil. Durante la última década han aumentado las oportunidades de negocio en la gran mayoría de sectores de la industria y el comercio. Sin embargo, al mismo tiempo ha propiciado la aparición de nuevas normas o regulaciones, como sucedió en el ámbito financiero. Y ello ha obligado a muchas empresas a ampliar su gabinete jurídico para vigilar que las acciones de la sociedad cumplan con la legalidad vigente.
Hoy día sabemos que es un cargo al que recurren cada vez más empresas en España y el mundo y cuya función principal es asesorar a las organizaciones para que no se salten ninguna normativa que les ataña directa o indirectamente.
Aplicación de Compliance
En Euriux Abogados te damos algunas claves para la implementación de esta herramienta.
- El compliance introduce un elemento ético: muchas empresas operan de forma legal y cumplen con las normas de su sector, pero eso no quiere decir que su acción sea ética. El compliance ayuda a conciliar estas dos esferas.
- Independencia, autoridad y recursos: son los tres elementos básicos para que un departamento o cargo dedicado al cumplimiento normativo sea eficaz. La suma de los tres dará un resultado exitoso casi con toda seguridad; por el contrario, la ausencia de alguna de ellas supondrá un desajuste serio de cara a la implementación en una organización o contexto.
- Garantía de funcionalidad y operatividad: la existencia de este cargo no debe ser un elemento accesorio en las empresas, sino más bien una garantía absoluta de que desde el punto de vista legal y ético se están haciendo bien las cosas y que, por tanto, el negocio no corre riesgo de sanciones.
- Elemento integral a todos los niveles: una de las claves para la eficacia de este cargo o área es que pueda influir en todos los niveles corporativos, desde el más bajo hasta el más alto. De hecho, algunos directores de empresa creen que parte del éxito de esta figura está en crear una cultura interna sobre la labor del compliance y que todos los miembros de una empresa lo asuman como propio.
Modelo de prevención
Hemos elaborado un Modelo de Prevención para empresas, teniendo en cuenta que será necesario contar con un órgano con poderes autónomos de iniciativa y control que garantice que la empresa cumple con el control legal exigible sobre sus administradores, directivos, empleados y demás dependientes.
La principal novedad de una de las últimas reformas al Código Penal es que definitivamente coloca a los programas de Compliance o cumplimiento normativo como una de las principales armas para luchar contra la criminalidad dentro de la empresa. La clave es que estos progresos se considerarán como eximente de una potencial condena a la sociedad. Pero no cualquier programa o protocolo de Compliance penal será válido.
Desde Euriux Abogados, a través de sus abogados penalistas, se lidera un departamento especializado que tiene como objetivo realizar a nuestros clientes Due Diligence completa para diagnosticar y evaluar los principales riesgos penales en cada caso, se establecen programas de control y gestión de los riesgos, y se facilita la formación adecuada, además de desarrollar sistemas de supervisión y seguimiento.
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Los divorcios y separaciones caen este año
Los divorcios han descendido un 2,8% en el último año, hasta los 95.254, según la Estadística de Nulidades, Separaciones y Divorcios (ENSD) correspondiente al año 2018 y publicada este lunes por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Durante 2018 se produjeron 99.444 casos de nulidad, separación y divorcio, lo que supuso una tasa de 2,1 por cada 1.000 habitantes. El total de casos supuso una disminución del 2,8% respecto al año anterior.
Por tipo de proceso, se produjeron 95.254 divorcios, 4.098 separaciones y 92 nulidades. Los divorcios representaron el 95,8% del total, las separaciones el 4,1% y las nulidades el 0,1% restante. Así, el número de divorcios disminuyó un 2,8% respecto al año anterior, el de separaciones un 4,3% y el de nulidades un 8%.
Por tipo de resolución, 63.915 casos se resolvieron por sentencia y 35.529 por decreto o escritura pública. El 77,7% de los divorcios en el año 2018 fueron de mutuo acuerdo y el 22,3% restante contenciosos. En el caso de las separaciones, el 85,1% lo fueron de mutuo acuerdo y el 14,9% contenciosas. Además, en 2018 hubo 1.141 divorcios entre personas del mismo sexo (el 1,2% del total). De ellos, 595 fueron entre hombres y 546 entre mujeres. Además, hubo 11 separaciones (0,3% del total).
Custodia compartida
La custodia de los hijos menores fue otorgada en el 52,1% de los casos de divorcio y separación entre cónyuges de diferente sexo. En el 61,6% se le otorgó a la madre (65,0% en el año anterior), en el 4,2% la obtuvo el padre (4,4% en 2017), en el 33,8% fue compartida (30,2% en 2017) y en el 0,4% se otorgó a otras instituciones o familiares.
En los casos de divorcio y separación de los cónyuges del mismo sexo se adoptaron medidas de custodia de los hijos menores en el 23,9% de los divorcios y separaciones. De ellos, en el 47,5% la custodia la obtuvo uno de los dos cónyuges y en el 52,5% fue compartida.
Euriux, tu asesor legal
Euriux Abogados cuenta con especialistas Nacionales e Internacionales en todas las áreas de la abogacía, la mejor defensa es contar con profesionales que garanticen la mejor solución para sus clientes.
Euriux Abogados es una firma especializada en prestar asesoramiento y asistencia jurídica a empresas y particulares y bancos de ámbito nacional e Internacional.
Euriux Abogados está integrada por despachos asociados interrelacionados entre sí, que mantienen una misma filosofía y protocolos de actuación, de manera que cubrimos las necesidades de empresas con más de una ubicación o con diferentes sedes, personal desplazado, franquicias, asociaciones, etc.
Los despachos, uno por provincia, están repartidos por todo el territorio nacional, lo que nos permite ofrecer una amplia cobertura con servicios ágiles y dinámicos y con un trato directo y personal.
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Conducir sin permiso: ¿delito o sanción?
Circular sin permiso de conducir, no es solo un delito si no también una sanción administrativa. Así lo ha dejado constar recientemente un auto del Tribunal Constitucional al diferenciar ambos supuestos. El departamento de Responsabilidad Civil de Euriux Abogados defiende tus intereses y se encarga de actúar con total independencia de las aseguradoras en cada caso. Cada año se producen multitud de accidentes de tráfico, negligencias profesionales o accidentes laborales que obligan a una rápida intervención jurídica porque muchos de los casos que se plantean acaban ante los juzgados.
En el caso que nos ocupa, el Juzgado Penal Número 1 de Toledo planteó una cuestión de inconstitucionalidad por vulnerar el principio de legalidad penal, o su interpretación integradora, al presuponer que es un riesgo que quien conduce un vehículo a motor no ha acreditado ser apto para hacerlo. En este caso, conducir un ciclomotor sin haber obtenido nunca un permiso de conducción.
El Juzgado manifestaba que coexisten conductas en el ámbito de la circulación vial sancionadas tanto por la legislación administrativa como por la legislación penal, sin que se haya establecido una clara separación. Algo que puede llevar a que se hagan diversas interpretaciones que ponen en cuestión la seguridad jurídica de los conductores.
El Alto Tribunal considera que ambas conductas no son idénticas. Mientras el delito castiga a quien conduce un vehículo o ciclomotor sin tener el carnet de conducir, la infracción administrativa sanciona el hecho de carecer de una autorización para conducir un vehículo o ciclomotor aun pudiendo conducir otro medio distinto. De este modo el código penal “exige que el sujeto activo de la conducta no haya obtenido en ningún momento licencia para conducir cualquier tipo de vehículo a motor o ciclomotor”. Y es la ley de seguridad vial la que castiga el que el permiso de conducir no sea el adecuado para el tipo de vehículo que está circulando.
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Consumidor afectado por el Banco Popular: dos sentencias condenan a la entidad bancaria
¿Eres uno de los afectados por las acciones del Banco Popular? Euriux Abogados es tu solución y te ayudamos a recuperar el dinero. Euriux Abogados es una firma especializada en prestar asesoramiento y asistencia jurídica a empresas y particulares y bancos de ámbito nacional e Internacional.
Los Juzgados de Primera Instancia número 4 y número 8 de Santander han emitido dos sentencias en las que se condena a Banco Santander a devolver los 40.000 euros que dos antiguos clientes de Banco Popular invirtieron en acciones de la entidad antes de que fuese vendida al Santander por un solo euro.
Ambas sentencias, fechadas a 24 de junio y 16 de julio de este año, destacan “la falta de información veraz” sobre el estado real de las cuentas de Popular en el momento de las adquisiciones por parte de los clientes.
En concreto, el demandante del primer caso adquirió 10.000 acciones de la entidad por un importe de 4.595 euros en varias transacciones en abril y junio de 2017 mediante “una información defectuosa” que le transmitieron los empleados. Para el despacho de abogados, esta información “no fue correcta”, ya que apuntaba a que las cuentas de la entidad estaban saneadas y que se preveía una evolución positiva de las acciones, cuando días después el inversor lo perdió todo al ser amortizadas tras su venta al Santander.
La sentencia explica que “la parte obligada legalmente a informar correctamente no puede objetar que la parte que tenía derecho a recibir dicha información correcta debió tomar la iniciativa y proporcionarse la información por sus propios medios“.
Así, la sentencia añade que “no se informó debidamente al consumidor” de una “posible falta de solvencia” no solo de liquidez del demandado, sino también de las cuentas presentadas por la entidad durante ese tiempo, que arrojaban una pérdidas en 2016 de 3.485 millones de euros.
Por ello, el juez condena al Popular, ahora Banco Santander, a la restitución de la entidad completa invertida en las acciones más intereses, al entender la nulidad al contratar estas acciones.
Euriux está en toda España
Nuestra firma de abogados cuenta con la ventaja de contar con 52 despachos de Abogados en España y con sedes en Portugal. Nuestra filosofía es la de desarrollar un trabajo coordinado, proactivo y eficiente para satisfacción de nuestros clientes. Conocer sus necesidades y ejecutarlas dentro de un estándar de máxima calidad es nuestro objetivo.
La firma tiene presencia en toda España, desarrollando la actividad de asesoramiento y defensa jurídica en las distintas ramas y especialidades del derecho. La utilización de las nuevas tecnologías y el contar con unas oficinas centrales ubicadas en el centro comercial y financiero de Madrid garantizan la agilidad en la gestión y la rapidez de las comunicaciones y encargos profesionales, así como el intercambio permanente de información entre la firma sus clientes y entre los propios despachos miembros.
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