IRPH: primeras sentencias contra la banca
Un juzgado de Alicante ha anulado, “por falta de transparencia”, el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) que se estableció para el cálculo de interés ordinario o remuneratorio de un préstamo hipotecario suscrito con la antigua Caja de Ahorros del Mediterráneo (Banco Sabadell en la actualidad).
En Euriux Abogados como asesor jurídico con más de 300 profesionales en 52 despachos en España, ya dimos cuentan su día de la sentencia del TJUE y los efectos que podría tener en España, ante el millon de afectados por esta medida.
Sustituir IRPH por Euribor
El Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Alicante condena a la entidad demandada, Banco Sabadell, a la sustitución del índice de referencia IRPH por el Euribor, teniendo que devolver al afectado, un xixonec, más de 16.000 euros de un préstamo formalizado en el año 2000.
En la sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia de Alicante, se declaran también nulos el índice sustitutivo que “se acordó en defecto del anterior IRPH Entidades y, por abusiva, la cláusula de vencimiento anticipado” que se incluyó en la escritura del préstamo hipotecario.
Por ello, el juzgado condena a la entidad demandada a que “restituya las cantidades indebidamente abonadas por aplicación del índice anulado y que se tomaba como base para la determinación del interés ordinario”.
“Debiéndose realizar a tales efectos recálculo del cuadro de amortización del préstamo, sustituyéndose el mencionado índice por el Euríbor, resultando pertinente adicionar a la cuantía obtenida por la diferencia entre lo abonado y lo que se debió abonar los intereses correspondientes desde cada uno de los pagos”, señala la resolución judicial.
La sentencia dice que no resulta acreditado que “por la entidad prestamista se les explicase” a los prestatarios “los elementos principales relativos al cálculo del mencionado tipo de interés de una manera fácil o asequible”.
Establece que “no resulta probado en el caso concreto que por la entidad de crédito se explicase a la parte prestataria la evolución del índice elegido durante los dos anteriores a la suscripción, ello con la finalidad que los mismos pudieran realizar una valoración comparativa entre el índice mayoritario usado en las hipotecas, Euribor, y el que finalmente suscribieron IRPH Cajas”.
Se trata de “la primera sentencia en Alicante y de las primeras de España que declara la nulidad del IRPH” tras resolución del Tribunal de Justicia de la UE de marzo pasado, que consideró ilegal ese índice si no se informa suficientemente al prestatario.